Constitución Iglesia Aliancista Pentecostal de Chile - 25 de Febrero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 923731333

Constitución Iglesia Aliancista Pentecostal de Chile

Fecha de publicación25 Febrero 2023
Número de registroCVE-2278245
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Número de Gaceta43.487
CVE 2278245 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.487 | Sábado 25 de Febrero de 2023 | Página 1 de 1
Normas Particulares
CVE 2278245
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA ALIANCISTA PENTECOSTAL DE CHILE
(Extracto)
Gabriel Marcelo Guerrero González, Notario Público de la Séptima Notaría de Talca, con
Oficio en calle Treinta Oriente, número 1522 local A, de la comuna de Talca; certifico que por
escritura pública de fecha 24 de agosto de 2022, bajo el Rep. 3902-2022 otorgada ante don Jorge
Alberto Wilson Olavarría, notario suplente, se redujo a escritura pública acta de constitución y
aprobación de estatuto, Repertorio 3902-2022, de la entidad religiosa Iglesia “IGLAPECH” o
“Iglesia Aliancista Pentecostal de Chile”, domiciliada en pasaje 21 Poniente con 29 Sur Nro.
0986, de la ciudad de Talca; Inscrita en registro público del Ministerio de Justicia bajo el N°6052
de fecha 5 de septiembre de 2022. Constituyentes: José Salvador Cabrera Pereira, José Nazareth
Cabrera Miranda, Ricardo Hernán Cabrera Pereira, Verónica del Carmen Miranda Morales,
Loreto Elizabeth Mardones Soto, Gina del Carmen Acuña Gatica, Miguel Ángel Valenzuela
Velásquez, Adrián Esteban Valenzuela Muñoz, Margarita de las Mercedes Muñoz González,
Macarena del Carmen Valenzuela Muñoz, Camila Fernanda Figueroa Adasme y Carlos Eduardo
Campos Rodríguez. Elementos esenciales, fundamentos y principios que sustentan la fe:
Creemos en la Divina Trinidad, Dios Padre, Dios Hijo y Dios Espíritu Santo. Creemos en la
Biblia como inspirada divinamente y la única regla de fe y conducta de la Iglesia. Creemos que
la salvación se obtiene sólo a través de Jesucristo, por medio de la fe en Jesucristo y del
arrepentimiento de los pecados, no de las obras. Creemos en la sana doctrina y la autoridad
suprema de la Biblia como la Palabra de Dios revelada a sus hijos. Creemos en el matrimonio
constituido por un hombre y una mujer. Los órganos de administración, sus atribuciones y el
número de miembros que los componen, son los siguientes: 1) La Asamblea General, es la
primera autoridad y representa al conjunto de sus integrantes. Se compone por la totalidad de los
miembros de la iglesia. Habrá Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. Asambleas
Generales Ordinarias: Se celebrará entre enero y mayo de cada año. Atribuciones: cualquier
asunto administrativo relacionado con los intereses de la Iglesia, excepto los que corresponden a
Asambleas Extraordinarias. Asambleas Generales Extraordinarias: Se celebrará cuando el
Directorio las convoque. Atribuciones exclusivas: a) De las reformas de los Estatutos de la
Iglesia; b) De la disolución de la Iglesia; c) De las reclamaciones presentadas en contra de los
Miembros del Directorio para hacer efectivas las responsabilidades que por la ley o los Estatutos
les correspondan, y d) De las adquisiciones, hipotecas y rentas de los bienes de la Iglesia. 2)
Directorio: Funciones: La administración y dirección superior de la Iglesia en conformidad a sus
estatutos y a los acuerdos de Asambleas Generales. Estará formado por siete miembros activos y
será presidido por el Pastor de esta congregación, quien representa legal, judicial y
extrajudicialmente a la Iglesia. Los directores durarán 3 años en sus funciones. Atribuciones y
deberes Directorio: a) Dirigir la presente iglesia y velar por que se cumplan sus Estatutos y
finalidades; b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; c) Citar a Asambleas
Generales de miembros activos, tanto Ordinarias como Extraordinarias en la forma y época que
señalan estos estatutos; d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor
funcionamiento del Ministerio y de los diversos grupos de trabajo que se creen para el
cumplimiento de sus fines; e) Rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria, tanto de la marcha
del Ministerio en lo espiritual como de la inversión de sus fondos mediante una memoria,
balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros activos; f)
Preocuparse de la organización y dirección eclesiástica de cada Ministerio o cuento dependiente
de la Iglesia; g) Dictar los reglamentos internos de la Iglesia y grupos caseros, con acuerdo de
cada Iglesia y grupo casero y aprobación final de la Asamblea General. Demás estipulaciones
constan en estatutos. Talca, 6 de enero de 2023.

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