Constitución Agrupación de Cantantes Evangelistas y Ministerios de Chile - 12 de Enero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 880971523

Constitución Agrupación de Cantantes Evangelistas y Ministerios de Chile

Fecha de publicación12 Enero 2022
Número de registroCVE-2069824
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Número de Gaceta43.150
CVE 2069824 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.150 | Miércoles 12 de Enero de 2022 | Página 1 de 2
Normas Particulares
CVE 2069824
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
AGRUPACIÓN DE CANTANTES EVANGELISTAS Y MINISTERIOS DE CHILE
ACEM CHILE
(Extracto)
Susana Belmonte Aguirre, Abogado, Notario Público Titular Undécima Notaría Santiago,
oficio Rosario Norte Nº 555, oficina 201, Las Condes, certifico: que por escritura pública de
fecha 12/08/2021, Rep. Nº 22632-21, otorgada ante Notario Público Titular de esta Notaría, se
constituyó entidad religiosa "Agrupación de Cantantes Evangelistas y Ministerios de Chile
ACEM Chile", Registro Público Nº 5656 del 16/09/2021. Domicilio: Pasaje Pablo Reidel
número 0611, Vegas de Chivilcán, comuna de Temuco, en la Región de la Araucanía, sin
perjuicio de que pueda desarrollar sus actividades en cualquier otro punto del país.
Constituyentes: Álvaro Enrique Bravo Epuyao, José Miguel Paredes Delgado, Óscar Enrique
Neira Benavente, Alicia Mireya Soto Ferrada, Gabriel Alejandro González Castro, Mauricio
Alonso Gómez Salazar, José Manuel Cuadra Leal, Jessica Elcira Leal Muñoz. Principios de Fe:
I. Creemos en un Dios único automanifestado para la salvación (en lo temporal y en lo eterno) de
los seres humanos, como Padre Creador, Hijo Redentor y como Espíritu Santificador. II.
Creemos que una iglesia se constituye por una comunidad de creyentes en Jesucristo bautizados
sobre la base de una fe personal en Él y que tiene como misión la adoración, el servicio
bondadoso, la comunión fraternal, la evangelización integral, la educación formadora en su
medio y la denuncia profética extendiendo su misión por todo lugar. III. Creemos que la
salvación del ser humano responde a la gracia de Dios y requiere de la sola fe en Jesucristo que
es personal. IV. Creemos en el principio voluntario respecto de la fe y de la membresía eclesial.
Todo ser humano tiene el derecho inalienable de adorar a una deidad donde, cuando y como su
conciencia le dicte, la conciencia del cristiano esta iluminada por los valores bíblicos del Reino
de Dios, esta conciencia es garantía moral a favor de toda buena costumbre social. Elementos
esenciales: a) Difundir el Evangelio, mediante prédicas, conciertos, charlas, conferencias, discos,
videos, libros, folletos, revistas y todo otro tipo de medio audiovisual. b) Levantar y mantener
lugares destinados al culto y a la realización de conciertos musicales cristianos como también
lugares para retiros espirituales, seminarios bíblicos, y centros de ayuda social. c) Realizar
campañas de evangelización, salvación y sanidad divina, bautismo en aguas por inmersión, santa
cena, presentación de infantes, casamientos y demás actividades religiosas evangélicas. d) Visitar
cárceles, hospitales, asilos de ancianos y hogares de menores y llevar ayuda y asistencia
espiritual y material a través de la música, la palabra de Dios y enseres básicos a personas que
hayan sido azotadas por desastres de la naturaleza, tales como aluviones, terremotos, tsunamis en
donde quiera que estos se encuentren. ACEM no persigue ni se propone fines sindicales ni
políticos partidistas o de lucro, no pudiendo desarrollar bajo ninguna forma actividades de
carácter político partidista ni propagar ideologías que sean contrarias o reñidas con las doctrinas
bíblicas del Santo Evangelio de nuestro Señor Jesucristo. Administración: Un Presidente, un
Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y cuatro Directores. Directorio: Estará a cargo de un
Directorio compuesto por 8 personas. Deberes y Atribuciones: a) Dirigir ACEM y administrar
sus bienes. b) Cumplir con los acuerdos e instrucciones de las asambleas generales. c) Redactar
los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de ACEM y lo someta a
la aprobación de la asamblea general. d) Citar a las asambleas generales o extraordinarias cuando
las estime necesarias o a petición escrita por un tercio de los miembros de ACEM. e) Someter a
la consideración y aprobación de la asamblea, todos los asuntos, materias y negocios que estime
necesarios para el adecuado funcionamiento y cumplimiento de los fines de ACEM. f) Rendir
cuentas por escrito ante la asamblea general ordinaria correspondiente a las inversiones de los

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