Consideraciones sobre la regeneración de los delincuentes - Breve estudio sobre la regeneración de los delincuentes - Libros y Revistas - VLEX 1026436629

Consideraciones sobre la regeneración de los delincuentes

AutorCatello Muratgia
Páginas47-82
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BREVE ESTUDIO SOBRE LA REGENERACIÓN DE LOS DELINCUENTES
CONSIDERACIONES SOBRE
LA REGENERACIÓN DE LOS DELINCUENTES
No es posible entrar en el estudio de los varios sistemas peniten-
ciarios que se proponen la regeneración de los delincuentes, sin ba-
sar el criterio sobre las causas que engendran la delincuencia y dis-
cutir sobre criminología.
Cuando se habla de delincuentes, se engloban todos aquellos
que han caído bajo la acción del Código Penal, así como cuando se
habla de presidiarios, quedan clasificados igualmente todos los con-
denados a presidio, sea cual fuere la severidad de los fallos que ha-
yan merecido. Consecuentemente, semejantes sujetos son enviados
a un mismo establecimiento, destinado para purgar una misma cla-
se de condena. Pero si consideramos separadamente el acto
delictuoso consumado por cada recluso de una sola cárcel, sin que
podamos objetar nada sobre la calidad y duración de la pena que
les ha sido impuesta, sentimos una especie de piedad para unos y
un sentimiento de indignación para otros.
Esta explicable y opuesta diversidad de sentimientos que nos
despiertan dos delincuentes, condenados muchas veces a una pena
de igual naturaleza y duración, está basada siempre sobre la clase
de delito que los ha conducido al presidio. El hecho de ver obliga-
dos a un contacto de muchos años bajo el mismo techo y los mis-
mos reglamentos al ser que, a los cincuenta años de edad, pagados
en una vida laboriosa y honrada, se convierte en homicida por la
razón A o B; y el salteador, asesino de veinte y cinco años, profe-
sional del delito, cuya existencia ha sido un constante peligro so-
cial, constituye un anacronismo, ajeno, en absoluto, a todo princi-
pio de equidad moral.
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CATELLO MURATGIA
¿Quién puede asegurar que la pena moral grabada en el alma
del primero por el delito cometido y el remordimiento que lo acom-
pañará hasta la tumba no sean sus mayores castigos? ¿Y que no
sea susceptible de regeneración el que acostumbrado a una vida
honrada y de trabajo por tantos años, llega a delinquir, obedecien-
do a las múltiples causas externas que pueden originar la altera-
ción brusca del estado de la conciencia, para sentirse inmediata-
mente horrorizado ante la irreparable desgracia que ha ocasiona-
do su acción delictuosa?
Ese es el tipo de delincuente que despierta la compasión y hace
considerar cuánto más dura ha de resultarle la pena legal que pur-
ga, bajo el régimen establecido para la clase de delincuentes que
necesariamente la sociedad debe tratar de regenerar. La repugnante
promiscuidad de la prisión resultará para él un martirio moral in-
tenso que agrava, enormemente la pena que le ha sido impuesta,
comparada con la que sufre el degenerado profesional del delito,
que solo siente el efecto material de su condena.
Son innumerables, en el mundo, los casos de errores judiciales,
de encarcelamientos de inocentes, de exageración de pena y de crí-
menes cometidos bajo el imperio de factores irresistibles, contra la
más enérgica repugnancia del delito.
Si podemos llamar fatalidad al conjunto de causas que llevan
a la cárcel a cierta clase de desgraciados, no podemos dejar de
considerar su posición afligente y buscar la manera de atenuar esos
posibles errores. ¡Cuántas veces el juez, en el ejercicio de su minis-
terio, está obligado a aplicar la pena que corresponde a un deter-
minado delito, comprobado por los procedimientos judiciales, por-
que el número de pruebas le indica el grado de pena correspon-
diente, aunque el criterio del magistrado disiente con la voz de la
conciencia del hombre!
Conocemos hasta el cansancio los casos de revocaciones de sen-
tencias y de discrepancia, de criterios jurídicos, casos en que el juez
condena a muerte y la Cámara absuelve y viceversa. La magnitud
del delito es siempre apreciada a través del prisma inconstante de la
interpretación legal de quien lo juzga. En esos casos de condenas,
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debe admitirse que el delincuente, por sus condiciones personales y
el carácter del delito perpetrado, no pertenece a la categoría de los
de naturaleza degenerada y, sin embargo, reos de temperamentos y
caracteres tan manifiestamente distintos y de tan distinta temibilidad,
son remitidos a una misma cárcel y sometidos a un uniforme siste-
ma reformatorio.
Sean cuales fueren las consecuencias de esta promiscuidad,
nunca podrán ser favorables a la pretendida reforma de cada
uno de los encarcelados, porque se corre el peligro de pervertir
a los buenos.
¡Cuántas veces el sujeto recién al ingresar a la prisión se vuel-
ve enemigo de la sociedad! Podrá resignarse con un fallo, que cree
inmerecido en consideración a la imperfectibilidad de la justicia
humana; pero no podrá, quizás, sobreponer la razón a la indigna-
ción que nace ante la manifiesta injusticia de ver sometidos al con-
tacto íntimo de varios años y colocados a un mismo nivel moral y
material, al reo político, al delincuente ocasional y al degenerado
incapaz de una benéfica reversión psíquica, clasificado como de-
lincuente nato y cuya moral y existencia forman un conjunto re-
pugnante y temible.
Si en las cárceles se encuentran hombres que, habiendo sido en
libertad un peligro social, son susceptibles de enmienda y se ha re-
conocido que otros presentan el estigma de la incorregibilidad, no se
puede negar que encontraremos también al que no necesita ningu-
na reforma y solo paga el tributo legal de un hecho consumado que,
a pesar de haber caído bajo la sanción del Código, puede haber
merecido la aprobación moral de toda la sociedad.
Estas breves razones nos demuestran la enorme injusticia que
se comete encerrando en un mismo presidio o penitenciaría a todos
los que están condenados a cualquiera de dichas penas.
Se impone pues la clasificación de esos establecimientos y la dis-
tribución en ellos de los penados, según el grado de moral, para no
correr el riesgo de empeorarlos en vez de mejorarlos. De otra mane-
ra, no habrá equidad en la pena, porque resultará inhumana para
unos y benigna para otros.

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