Consagra el día sábado como hábil, para los efectos de ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914513796

Consagra el día sábado como hábil, para los efectos de ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

Fecha19 Abril 2011
Número de Iniciativa7599-12
Fecha de registro19 Abril 2011
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión Medio Ambiente y Recursos Naturales
MateriaBASES GENERALES DEL MEDIO AMBIENTE, SABADO HÁBIL
Autor de la iniciativaBarros Montero, Ramón, Calderón Bassi, Giovanni, Hoffmann Opazo, María José, Kast Rist, José Antonio, Macaya Danús, Javier, Molina Oliva, Andrea, Morales Muñoz, Celso, Recondo Lavanderos, Carlos, Silva Méndez, Ernesto, Von Mühlenbrock Zamora, Gastón
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción

Consagra al día sábado como hábil para los efectos de la ley N° 19.300 sobre Bases del Medio Ambiente.

Boletín N° 7599-12



Considerando que el artículo 88 de la ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, consagra al día sábado como inhábil, es que los firmantes del presente proyecto de ley estiman como necesaria la implementación de una reforma legal en el sentido de establecer como día hábil al sábado.

En efecto, en la mayoría de las instituciones públicas, el sábado representa un día hábil, ejecutándose actos administrativos o judiciales o de otra índole sin ninguna diferenciación con otros días de la semana. Es por lo anterior que los firmantes del presente proyecto de ley no vemos motivo alguno para no considerar a este día como hábil para los efectos de la ley 19.300.

Que, a mayor abundamiento, la naturaleza de los derechos protegidos por esta ley requiere de una labor ágil de la autoridad y sin mayores dilaciones, por lo que se hace necesario otorgarle a la problemática medio ambiental el máximo de celeridad.

Por tanto, y en consideración a tales motivos, los firmantes del presente proyecto de ley proponemos.

Proyecto de Ley



Artículo Único: Suprímase en el artículo 88 de la ley 19.300 la palabra “sábado” quedando de la siguiente manera

Todos los plazos establecidos en esta ley serán días hábiles, entendiéndose los que son inhábiles los días domingo y festivos”





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