Congreso despacha reforma constitucional de resguardo de infraestructura crítica por las FF.AA., pese a rechazos y abstención oficialista - 12 de Julio de 2022 - El Mercurio - Noticias - VLEX 907320914

Congreso despacha reforma constitucional de resguardo de infraestructura crítica por las FF.AA., pese a rechazos y abstención oficialista

La sala de la Cámara aprobó por 97 votos a favor, 17 en contra y 28 abstenciones, el informe de la comisión mixta para permitir el resguardo de la infraestructura crítica por parte de las Fuerzas Armadas. De esta forma, el proyecto de reforma constitucional se despachó a ley.Si bien el subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, dijo el fin de semana que la propuesta reemplazaría el estado de emergencia que no considera el borrador constitucional, de todas maneras ambas opciones se eliminarían de ganar el Apruebo.Se trata de una moción que cambió su fisonomía legislativa después de ser rechazada en general por los diputados en segundo trámite. Después, en comisión mixta se redefinió su contenido, ante las discrepancias suscitadas entre ambas corporaciones, las que permitieron su aprobación en el Senado, al asegurar, por ejemplo, el respeto de los derechos humanos al ser invocada la medida, y que las FF.AA. tampoco podrán asumir funciones relacionadas con el control o restablecimiento del orden público.La propuesta establece una nueva atribución del Presidente de la República, quien mediante Decreto Supremo podrá disponer de los militares para la protección de infraestructura crítica, la que se define como "el conjunto de instalaciones, sistemas o servicios esenciales y de utilidad pública, así como aquellos cuya afectación cause un grave daño a la salud o al abastecimiento de la población, a la actividad económica, al medio ambiente o a la seguridad del país. Se entiende incorporada en este concepto la infraestructura indispensable para la generación, almacenamiento y distribución de los servicios e insumos básicos para la población, tales como energía, agua o telecomunicaciones; la relativa a la conexión vial, aérea, terrestre, marítima, portuaria o ferroviaria, y la correspondiente a servicios de utilidad pública, como los sistemas de asistencia sanitaria o salud".La norma expresa que "en ningún caso el ejercicio de esta atribución podrá implicar la suspensión, restricción, limitación o afectación de los derechos y garantías consagrados en la Constitución o en tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes. Las Fuerzas Armadas tampoco podrán asumir funciones relacionadas con el control o restablecimiento del orden público".Para viabilizar la puesta en práctica de la medida, el decreto debe estar suscrito también por las ministras del Interior y de Defensa, el que podrá ser expedido por...

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