CONECTA-RSE CONSULTORÍAS DE PROYECTOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA 76.772.415-2 - 19 de Agosto de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 941421846

CONECTA-RSE CONSULTORÍAS DE PROYECTOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA 76.772.415-2

Número de registroCVE-2363243
Fecha de publicación19 Agosto 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.631
CVE 2363243 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.631 | Sábado 19 de Agosto de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2363243
EXTRACTO
FELIX JARA CADOT, Notario Público, de la 41° Notaria de Santiago, con oficio en calle
Huérfanos número mil ciento sesenta, Subsuelo, Comuna de Santiago, certifico que hoy ante mi
comparecieron HÉCTOR RENÉ ANABALÓN CHACANA, cédula de identidad número ocho
millones cuatrocientos sesenta mil seiscientos setenta y FRANCO LUIS ANABALON
CHACANA, cédula de identidad número quince millones novecientos noventa y nueve mil
ochocientos ochenta y nueve guión cuatro en calidad de únicos accionistas de la sociedad
“CONECTA-RSE CONSULTORÍAS DE PROYECTOS SpA.”, Rut. 76.772.415-2, cuyo
extracto de constitución de la sociedad se encuentra inscrito a fojas 1033 vuelta, número 782 del
Registro de Comercio del CBR de Antofagasta y transformaron la sociedad de “CONECTA-RSE
CONSULTORÍAS DE PROYECTOS SpA.”, a una Sociedad de Responsabilidad Limitada
“CONECTA-RSE CONSULTORÍAS DE PROYECTOS SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA”, pudiendo actuar con su nombre de fantasía
“CONECTA-RSE LTDA.”. Domicilio social Antofagasta. El objeto de la Sociedad será: a) La
compra, venta, explotación, registro, licenciamiento de patentes de invención, modelos de
utilidad, diseños industriales y cualquieras otras propiedades industriales y/o intelectuales; b) La
inversión de capital y/u otros recursos valorizables en dinero en personas jurídicas ejecutoras de
proyectos relacionados con Innovación, Desarrollo y/o Emprendimiento; c) La adquisición,
enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación,
loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; la
construcción, edificación, montaje, mantención, explotación y venta de todo tipo de obras de
Ingeniería Civil, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, mecánicas, mineras u obras
públicas; d) Asesorías y consultorías a empresas públicas y privadas en marketing, coaching y
gestión empresarial, recursos humanos, innovación y emprendimiento, ejecución de actividades
capacitación, eventos, talleres, estudios e investigación de responsabilidad social empresarial,
elaboración, postulación, gestión y ejecución de proyectos; e) Servicios a la minería y otras
industrias en sus formas más amplias, en especial, la compraventa, importación, exportación,
distribución y comercialización de toda clase de bienes, en especial equipos e insumos para la
minería e industria, por cuenta propia o ajena; servicios técnicos de mantención y reparación de
dichos equipos; la representación de empresas nacionales y extranjeras y actuar como contratista
o subcontratista. En general, la realización de todo tipo de género de actividades, operacionales,
negocios, actos o contratos, relacionados o no con el objeto de la sociedad. Para el mejor
cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad estará facultada sin limitación alguna para
ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción,
autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. La
administración y el uso de la razón social corresponderá al socio don FRANCO LUIS
ANABALÓN CHACANA. El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000, que los socios
enteran de la siguiente forma: a) Don HÉCTOR RENÉ ANABALÓN CHACANA, entera y paga
en este acto la suma de $1.100.000 pesos, su responsabilidad como socio queda limitada al
monto de su respectivo aporte; b) don FRANCO LUIS ANABALÓN CHACANA, entera y paga
en este acto la suma de $900.000 pesos, su responsabilidad como socio queda limitada al monto
de su respectivo aporte; La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus
respectivos aportes. El plazo de duración de la sociedad será indefinida. Demás estipulaciones en
escritura extractada. Santiago 14 de julio de 2023. Rep. Numero 17.705.-2023.

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