Concurso público profesional de ingreso a la planta
Número de registro | CVE-2096481 |
Fecha de publicación | 15 Marzo 2022 |
Sección | Avisos Destacados |
Emisor | GOBIERNO REGIONAL DE ANTOFAGASTA |
Número de Gaceta | 43.203 |
CVE 2096481 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública IV
SECCIÓN
LICITACIONES, CONCURSOS, CITACIONES Y EXTRAVÍO DE DOCUMENTOS
Núm. 43.203 | Martes 15 de Marzo de 2022 | Página 1 de 3
Avisos
CVE 2096481
GOBIERNO REGIONAL DE ANTOFAGASTA
CONCURSO PÚBLICO PROFESIONAL INGRESO A LA PLANTA
El Gobierno Regional de Antofagasta, llama a concurso público de ingreso para
proveer el siguiente cargo de ingreso a la planta, en el grado que se indica, con
desempeño en la ciudad de Antofagasta.
CARGO: Un profesional grado 7º de la EUR para la División Infraestructura y
Transporte.
REQUISITOS GENERALES: Los/as postulantes al concurso, deberán cumplir con los
requisitos generales establecidos en el artículo 12º del Estatuto Administrativo, DFL Nº
29/2004, del Ministerio de Hacienda, siendo necesario acreditar lo siguiente:
a) Ser ciudadano;
No obstante, en casos de excepción determinados por la autoridad llamada a hacer el
nombramiento, podrá designarse en empleos a contrata a extranjeros que posean
conocimientos científicos o de carácter especial. Los respectivos decretos o resoluciones
de la autoridad deberán ser fundados, especificándose claramente la especialidad que se
requiere para el empleo y acompañándose el certificado o título del postulante.
En todo caso, en igualdad de condiciones preferirá a los chilenos.
b) Haber cumplido con la Ley de Reclutamiento y Movilización, cuando fuere
procedente, acreditado la presentación del certificado original válido para dichos fines
emitido por la autoridad competente;
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional
que por la naturaleza del empleo exija la ley;
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una
calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de
cinco años desde la fecha de expiración de funciones, y
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse
condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de
lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será
impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena
de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II,
del Código Penal.
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