Concurso público de ingreso - 15 de Julio de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 938302316

Concurso público de ingreso

Número de registroCVE-2342904
Fecha de publicación15 Julio 2023
SecciónAvisos Destacados
EmisorCONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO
Número de Gaceta43.602
CVE 2342904 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública IV
SECCIÓN
LICITACIONES, CONCURSOS, CITACIONES Y EXTRAVÍO DE DOCUMENTOS
Núm. 43.602 | Sábado 15 de Julio de 2023 | Página 1 de 3
Avisos
CVE 2342904
CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO
CONCURSO PÚBLICO DE INGRESO
El Consejo de Defensa del Estado (CDE) llama a concurso público de ingreso, el que
se ajusta a la normativa establecida en el DFL N° 29, de 2004, que fija texto refundido,
coordinado y sistematizado de la ley 18.834, sobre Estatuto Administrativo y al decreto
N° 69, de 2004, del Ministerio de Hacienda:
CARGOS A CONCURSAR:
OBJETIVO DE LOS CARGOS: Litigar y comparecer en tribunales ordinarios y
especiales, prestar asesoría jurídica a los órganos del Estado y realizar aquellas labores
que su jefatura le asigne.
REQUISITOS GENERALES: Los/as postulantes deberán cumplir con los siguientes
requisitos generales señalados en el Artículo 12 del Estatuto Administrativo, el cual
señala que para ingresar a la Administración del Estado será necesario:
1. Ser ciudadano/a o extranjero/a poseedor/a de un permiso de residencia;
2. Haber cumplido con la Ley de Reclutamiento y Movilización, en el caso de los
varones;
3. Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
4. Poseer el nivel educacional o título que por la naturaleza del empleo exija la ley;
5. No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una
calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de
cinco años desde la fecha de expiración de funciones, y
6. No estar inhabilitado/a para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse
condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito.

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