Concreces Leasing S.A. - Silva Aguilar Marco - 1 de Agosto de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 908205961

Concreces Leasing S.A. - Silva Aguilar Marco

Fecha de publicación01 Agosto 2022
Número de registroCVE-2160613
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.316
CVE 2160613 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.316 | Lunes 1 de Agosto de 2022 | Página 1 de 1
Publicaciones Judiciales
CVE 2160613
NOTIFICACIÓN
Juicio Arbitral Ley N°19.281, “Concreces Leasing S.A. con Silva Aguilar Marco”, juez
árbitro Oscar Torres Zagal, ordenó: Notificación por avisos a don Marco Antonio Silva Aguilar,
según resolución 11 de julio de 2022: Atendido el mérito del certificado receptorial de foja 60 de
16 de junio del presente, y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 54 del Código de
Procedimiento Civil, como se pide, se ordena notificar a don Marco Antonio Silva Aguilar, por
medio de un aviso publicado en Diario Oficial de 1 de agosto de 2022 y tres avisos publicados en
el diario formato de papel El Llanquihue, con a los menos 15 días antes de día 15 de agosto de
2022, para la audiencia que se celebrará el día lunes 15 de agosto de 2022, a las 18:00 horas,
mediante sistema telemático zoom, para establecer bases de procedimiento juicio arbitral
“Concreces Leasing S.A. con Silva Aguilar Marco Antonio”, ley Nº19.281, sobre terminación de
contrato de arrendamiento con opción de compra. Para los fines indicados el demandado deberá
informar al Tribunal Arbitral su correo electrónico a oscartorreszagal@gmail.com, para enviarle
la invitación respectiva, bajo apercibimiento de notificarle los escritos y resoluciones que se
dicten mediante notificación por cédula, a su domicilio contractual calle Eugenio Schmidt
Hausdorf Nº1768, ciudad de Puerto Montt, según lo ordenado en Art. 629 del Código de
Procedimiento Civil. Sirva la presente resolución de aviso para practicar las publicaciones en el
Diario Oficial y El Llanquihue a don Marco Antonio Silva Aguilar.

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