Conclusión - Núm. 18, Agosto 2018 - Serie Informe Justicia - Libros y Revistas - VLEX 736186729

Conclusión

AutorJuan Francisco Cruz s.
CargoAbogado y egresado de Filosofía de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Se integró al Observatorio Judicial en junio de 2017
Páginas13-13
Libertad y Desarrollo
13
4. CONCLUSIÓN
lo largo de este estudio hemos comprobado la
existencia de una legislación de extranjería que
otorga gran discrecionalidad a la administración
para gestionar la política migratoria del país. Cons-
ciente de ello, y por las condiciones del extranjero que bus-
ca mejores oportunidades de vida, la Corte Suprema ha
desarrollado una jurisprudencia que entiende al inmigrante
como sujeto especial de protección.
Sin embargo, el celo de la Corte llevó a exigir requisitos no
contemplados en la ley para expulsar a un inmigrante en
situación irregular. Lo que según vimos ha causado divi-
sión dentro de los tribunales de justicia. En este sentido,
la Corte de Apelaciones de Arica ha fallado: “Que, amén
de lo señalado precedentemente la amparada tampoco ha
acreditado la existencia de arraigo, ya sea en razón de vín-
culos personales y familiares que justiquen soslayar a su
respecto las normas legales y reglamentarias que regulan
esta temática23.
Según se aprecia en el considerando citado, la Corte de
Apelaciones de Arica reconoce la legislación migratoria
vigente, pero, al mismo tiempo, es consciente que el inmi-
grante requiere una protección especial. ¿Cómo lograr un
equilibrio? Si el inmigrante acredita un arraigo familiar se
dan las condiciones para “soslayar” las obligaciones que
impone la Ley de Migración.
A
Corte de Apelaciones de Arica, 1 de septiembre de 2017, Rol N° 245-2017.
23

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