Decreto 661 EXENTO - MODIFICA LAS CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 283824251

Decreto 661 EXENTO - MODIFICA LAS CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor17 de Junio de 2011

MODIFICA LAS CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.

Santiago, 5 de mayo de 2011.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 661 exento .- Vistos:

  1. El decreto ley Nº1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

  4. El decreto supremo Nº103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. La resolución exenta Nº354, de 1988, que fija la norma técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Celular que opera en la banda de 800 MHz, modificada por la resolución exenta Nº643, de 1997, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

  6. Los decretos supremos Nº278, de 1981; Nº223, de 1989, y Nº159, de 1993, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron las concesiones, y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante Ingreso Subtel Nº10.212, de 04.01.2011, complementado por Ingreso Subtel Nº17.974, de 18.02.2011.

  8. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.

    Decreto:

    Modifícanse las concesiones de Servicio Público de Telefonía Móvil Celular, cuyo actual titular es la empresa Claro Chile S.A., RUT Nº96.799.250-K, con domicilio en Av. Del Cóndor Nº820, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar tres (3) estaciones base, cuyas características técnicas se indican a continuación:

      Las estaciones base se conectarán a la red existente a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.

    2. Los plazos máximos se indican a continuación:

      ...

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