Decreto 220 EXENTO - MODIFICA LAS CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 456901602

Decreto 220 EXENTO - MODIFICA LAS CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor 3 de Abril de 2009

MODIFICA LAS CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.

Santiago, 4 de marzo de 2009.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 220 exento.- Vistos:

  1. El decreto ley N°1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La ley N°18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La Resolución N°1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. La Resolución Exenta N° 308 de 2000, modificada por Resolución Exenta N°81 de 2001, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que destina las Bandas de Frecuencias 1.865 - 1.870 MHz; 1.885 - 1.895 MHz; 1.945 - 1.950 MHz. y 1.965 - 1.975 MHz. al Servicio Público de Telefonía Móvil.

  5. Los Decretos Supremos N°657 y N°658, ambos de 2002, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron las concesiones.

    Considerando:

  6. Lo solicitado por la interesada mediante Ingreso Subtel N°46.175 de 30.09.2008.

  7. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión,

    Decreto:

    Modifícanse las concesiones de Servicio Público de Telefonía Móvil, cuyo actual titular es la empresa Telefónica Móviles Chile S.A., R.U.T. N°87.845.500-2, con domicilio en Av. El Bosque Sur N°90, piso 13, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar tres (3) radioenlaces, cuyas características técnicas se indican a continuación:

      VER DIARIO OFICIAL DE 03.04.2009, PAGINA 22.

      Los radioenlaces que se autorizan, se conectarán a la red existente, a través de medios propios o arrendados a terceros debidamente autorizados.

    2. Se entenderá que cada radioenlace constituye una etapa del proyecto. Para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR