Decreto núm. 602 EXENTO, publicado el 04 de Marzo de 2014. DECLARA RENUNCIA DE CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA DENOMINADA 'GALO', UBICADA EN LAS COMUNAS DE SAN JOSÉ DE MAIPO, MACHALÍ, CODEGUA Y MOSTAZAL, PROVINCIAS CORDILLERA Y CACHAPOAL, REGIONES METROPOLITANA Y DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS, DE TITULARIDAD DE LA EMPRESA HOT ROCK CHILE S.A., EN VIRTUD DE LA LEY Nº 19.657 - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 495540634

Decreto núm. 602 EXENTO, publicado el 04 de Marzo de 2014. DECLARA RENUNCIA DE CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA DENOMINADA 'GALO', UBICADA EN LAS COMUNAS DE SAN JOSÉ DE MAIPO, MACHALÍ, CODEGUA Y MOSTAZAL, PROVINCIAS CORDILLERA Y CACHAPOAL, REGIONES METROPOLITANA Y DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS, DE TITULARIDAD DE LA EMPRESA HOT ROCK CHILE S.A., EN VIRTUD DE LA LEY Nº 19.657

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto

DECLARA RENUNCIA DE CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA DENOMINADA "GALO", UBICADA EN LAS COMUNAS DE SAN JOSÉ DE MAIPO, MACHALÍ, CODEGUA Y MOSTAZAL, PROVINCIAS CORDILLERA Y CACHAPOAL, REGIONES METROPOLITANA Y DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS, DE TITULARIDAD DE LA EMPRESA HOT ROCK CHILE S.A., EN VIRTUD DE LA LEY Nº 19.657

Núm. 602 exento.- Santiago, 30 de diciembre de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 19.657, sobre Concesiones de Energía Geotérmica; en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 1/19.653, del año 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley Nº 20.402, que crea el Ministerio de Energía, estableciendo modificaciones al DL Nº 2.224, de 1978, y a otros cuerpos legales; en el decreto supremo Nº 114, de 2012, del Ministerio de Energía, que aprueba Nuevo Reglamento para la Aplicación de la Ley Nº 19.657, sobre concesiones de energía geotérmica, y deroga decreto Nº 32, de 2004, del Ministerio de Minería; en el decreto supremo Nº 131, de 26 de diciembre de 2002, del Ministerio de Minería, que faculta al Ministro de Minería, cuyo sucesor legal es el Ministro de Energía, a firmar "Por orden del Presidente de la República"; en el decreto supremo Nº 202, de 7 de diciembre de 2009, del Ministerio de Minería; en el decreto supremo Nº 135, de 30 de marzo de 2012, del Ministerio de Energía; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que mediante decreto supremo Nº 202, de fecha 7 de diciembre de 2009, del Ministerio de Minería, publicado en el Diario Oficial con fecha 1 de abril de 2010, se otorgó a la empresa Hot Rock Chile S.A., en virtud de la ley Nº 19.657, la concesión de exploración de energía geotérmica denominada "Galo", ubicada en las comunas de San José de Maipo, Machalí, Codegua y Mostaza!, provincias de Cordillera y Cachapoal, regiones Metropolitana y del Libertador General Bernardo O'Higgins, cuya extensión asciende a 60.800 hectáreas y sus coordenadas UTM referidas al Datum Provisional Sudamericano 1956, Elipsoide de Referencia Internacional de 1924, Huso 19 Sur, son las siguientes:

  2. Que la prórroga de la concesión de exploración individualizada en el...

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