Causa nº 1378/2001 (Casación). Resolución nº 10212 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 5 de Julio de 2001 - Jurisprudencia - VLEX 32032484

Causa nº 1378/2001 (Casación). Resolución nº 10212 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 5 de Julio de 2001

Fecha de Resolución 5 de Julio de 2001
MovimientoSe acoge recurso casación fondo
Rol de Ingreso1378/2001
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, cinco de julio de dos mil uno.

Vistos:

Ante el Primer Juzgado de Letras de Temuco, en estos autos rol N 7.059, doña A.C.Q. deduce demanda en contra de C.R.J., a fin que se declare que su despido fue injustificado y se condene al demandado al pago de las prestaciones que indica, incluyendo las remuneraciones por el período de fuero, más intereses, reajustes y costas.

El demandado, evacuando el traslado conferido, solicitó el rechazo de la acción deducida en su contra, con costas, alegando que el despido no existió sino que la actora fue suspendida de sus funciones, luego de haberse suscrito un contrato de trabajo a plazo fijo y antes de que el término estipulado venciera, sin que a su respecto se aplique el artículo 4º del Código del Trabajo, desde que la Notaría de la cual es titular no es una empresa y que tampoco ha pretendido desconocer el fuero que asiste a la demandante, sometiéndose a la pertinente decisión judicial mediante la solicitud de desafuero de la que conoce otro Tribunal.

El Tribunal de primera instancia, en fallo de once de abril del año pasado, que se lee a fojas 53, declarando injustificado el despido, infringiendo el fuero y sin aviso previo, acoge la demanda y condena al demandado a pagar indemnización sustitutiva del aviso previo, por años de servicios, incrementada esta última en un 20%, feriado proporcional, días de remuneración de los meses de junio y julio de 1998 y por todo el lapso del fuero, además de las cotizaciones previsionales, los reajustes e intereses y las costas.

El tribunal de segunda instancia, por la vía de la apelación deducida por el demandado, confirmó la sentencia de primer grado, en fallo de seis de marzo del año en curso, escrito a fojas 67, con la declaración en ella contenida.

En contra de esta última decisión el demandado recurre de casación en el fondo a fin de que esta Corte la anule y dicte una de reemplazo por medio de la cual se revoque la de primer grado en cuanto concede indemnización por tres años de servicios y el recargo del 20%.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

Primero

Que el demandado denuncia el quebrantamiento de los artículos 4 y 163 del Código del Trabajo. Argumenta que el error de derecho cometido en la sentencia impugnada consiste en el monto o suma de las indemnizaciones y, concretamente, en haberse otorgado la indemnización contemplada en el artículo 163 inciso segundo del Código del ramo, usualmente denominada por años de servicios. Indica que es un error por cuanto para que sea procedente ese resarcimiento es indispensable que el contrato de trabajo haya tenido una duración superior a un año, lo que no ocurre en el caso de la actora. Añade que para otorgar tal indemnización se ha aplicado indebidamente la regla contenida en el artículo 4º inciso segundo del texto legal citado, relativo...

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