Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 31 de Enero de 2013 (Rol Nº 000272-2011) - Jurisprudencia - VLEX 494284706

Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 31 de Enero de 2013 (Rol Nº 000272-2011)

Presidente del tribunalAdministrativo
EmisorTribunal de Propiedad Industrial
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
Número de expediente3488-06
Fecha31 Enero 2013

1 Santiago, treinta y uno de enero del año dos mil trece.

VISTOS:

En autos se ha pedido por SCHERING CORPORATION, la patente solicitud Nº 3488-2006, para proteger: “Nuevos compuestos inhibidores de ERK”.

A fs. 955 y siguientes, en la Memoria Descriptiva, el solicitante declara que es conocido que los procedimientos involucrados en el crecimiento, evolución y metástasis de tumores son intermediados por vías de señalización que son activadas en células cancerosas, una de ellas, la vía ERK desempeña una función central en la regulación del crecimiento de células de mamíferos, de manera que la inhibición de la actividad de ERK, sería útil para el tratamiento de un amplio espectro de cánceres. La invención sometida a registro provee compuestos y métodos inhibidores de ERK.

A fs. 891 consta examen preliminar que observó la solicitud.

A fs. 1415 consta examen preliminar y publicación en el Diario Oficial, en donde se resume la invención como: “Compuestos derivados de pirrol, inhibidores de ERK, composición farmacéutica; y su uso para preparar un medicamento para tratar el cáncer.”

A fs. 1419 consta nuevo pliego de reivindicaciones y memoria descriptiva.

A fs. 1865 y siguientes consta Informe Pericial N° 1 que rechaza la solicitud de patente por ausencia de nivel inventivo.

A fs. 1904 y siguientes el solicitante contesta el Informe Pericial N° 1, refutando el informe y explicando por qué, a su juicio, la solicitud posee altura inventiva.

A fs. 1907 y siguientes consta Respuesta Pericial sobre Solicitud de Patente de Invención, en la que el Perito, haciéndose cargo de las alegaciones del solicitante, vuelve a estimar que la solicitud carece de nivel inventivo.

A fs. 1694 y siguientes el solicitante contesta el Informe Pericial N° 2.

2 A fs. 1970 consta resolución definitiva, de siete de septiembre de dos mil diez, que en síntesis rechazó

la solicitud en su totalidad por carecer de nivel inventivo, estableciendo en lo esencial que: “no existe aporte técnico al especificar que se han limitado los compuestos específicos, que la definición del radical R2 en los compuestos descritos en los documentos más cercanos del estado del arte (DI1) no sugiere el grupo –(C(R35)2)z- presente en los compuestos de la presente solicitud y que la divulgación de la referencia no habría motivado a una persona versada en la materia a insertar uno más carbonos entre el heterociclo y el resto de –C(O)-Q, ya que estas indicaciones solamente permiten demostrar que la presente invención posee compuestos diferentes con respecto a R2. Los compuestos de la presente solicitud tienen un núcleo en común indazol con respecto a los compuestos del documento DI1, el cual se ha señalado que es responsable de las propiedades anticancerígenas y no se ve modificado por las diferencias que puedan presentar los compuestos en relación a R2. Por otro lado, no se ha logrado demostrar el efecto sorprendente de los compuestos de la solicitud con respecto a los del estado del arte ya que no se han entregado tablas comparativas que demuestren la superioridad de estos compuestos con respecto a los del estado del arte.”

A fs. 1980 y siguientes, el solicitante se alza en contra de la resolución citada, argumentando básicamente, que con fecha 31 de agosto de 2009, al contestar el informe pericial, acompañó una nueva hoja técnica, nuevas páginas de la memoria descriptiva y un nuevo pliego de reivindicaciones en el cual se han limitado las reivindicaciones a compuestos específicos, los cuales requieren la presencia de un grupo -(C(R

35

)

2

)

z ya que Z=1-3, el cual no es sugerido en DI1. Por lo que considerando la presencia de este grupo -(C(R

35

)

2

)

z donde Z=1-3, la divulgación de DI1 no hubiese motivado a una persona versada en la materia a insertar uno o más carbonos entre el heterociclo y el resto -C(O)-Q, por lo tanto los compuestos de la solicitud en estudio no serían obvias.

Sostiene el apelante, que en vista de las múltiples posibilidades de compuestos cubiertas por la descripción genérica de DI1, no es posible que una persona versada en el...

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