COMPRA Y VENTA DE ARIDOS Y TRANSPORTES LIMITADA 76.392.171-9 - 20 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 857344462

COMPRA Y VENTA DE ARIDOS Y TRANSPORTES LIMITADA 76.392.171-9

Número de registroCVE-1851064
Fecha de publicación20 Noviembre 2020
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.810
CVE 1851064 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.810 | Viernes 20 de Noviembre de 2020 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1851064
EXTRACTO
JUAN EUGENIO DEL REAL ARMAS, abogado, Notario Público Titular 1era Notaria de
Ñuñoa, con oficio en Avenida Irarrázaval N°1745, Local B, CERTIFICO: Por escritura pública
hoy ante mí, don CRISTOBAL EDUARDO ESPINOZA LAGOS, chileno, soltero,
administrador de empresas; don FABIAN ANDRES ESPINOZA FLORES, chileno, soltero,
conductor de máquina pesada; don THOMAS BENEDICTO ESPINOZA LAGOS, chileno,
soltero, administrador de empresas; y doña CLAUDIA FABIOLA LAGOS MENDEZ, chilena,
casada, empresaria; todos domiciliados en domiciliado en Lo Fontecilla, parcela N°10, Batuco,
Lampa, Región Metropolitana; modifican sociedad de responsabilidad limitada “COMPRA Y
VENTA DE ARIDOS Y TRANSPORTES LIMITADA”. Rol Único Tributario N°76.392.171-9;
constituida por escritura pública de fecha 11 de noviembre del año 2014 otorgada en la Primera
Notaría de Ñuñoa de don Juan Eugenio Del Real Armas, cuyo extracto se inscribió a fojas
87.557 número 53.414, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago
correspondiente al año 2014, y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha
22 de noviembre del año 2014, en el siguiente sentido: Uno. Los comparecientes vienen en
declarar que vienen en manifestar su intención y voluntad de continuar con la vigencia de la
sociedad “COMPRA Y VENTA DE ARIDOS Y TRANSPORTES LIMITADA”, declarando que
la sociedad a la fecha no ha sido liquidada, y a consecuencia de lo anterior vienen en modificar la
sociedad individualizada precedentemente en el siguiente sentido: Se modifica la cláusula
DECIMA del pacto constitutivo reemplazándola por la que sigue: “DECIMO: La sociedad
empezará a regir a contar de esta fecha, y tendrá una duración de cinco años, plazo renovable
tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de
ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se
subinscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, tres meses
antes del fin del respectivo período.-“. Dos. a) Se retira de la sociedad don CRISTOBAL
EDUARDO ESPINOZA LAGOS, y vende, cede y transfiere el 100% del total de sus derechos y
haberes sociales, equivalentes al 95% del capital social a don THOMAS BENEDICTO
ESPINOZA LAGOS, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $2.850.000, que
se pagan al contado, en efectivo, en este acto, declarando la cedente que lo recibe a su entera
conformidad. b) Se retira de la sociedad don FABIAN ANDRES ESPINOZA FLORES, y vende,
cede y transfiere el 100% del total de sus derechos y haberes sociales, equivalentes al 5% del
capital social a doña CLAUDIA FABIOLA LAGOS MENDEZ, quien los compra, acepta y
adquiere para sí, en la suma de $150.000, que se pagan al contado, en efectivo, en este acto,
declarando la cedente que lo recibe a su entera conformidad. Como consecuencia de lo anterior
quedan como únicos y actuales socios don THOMAS BENEDICTO ESPINOZA LAGOS, con
un 95% de los derechos y haberes sociales; y doña CLAUDIA FABIOLA LAGOS MENDEZ,
con un 5% restante de los derechos y haberes sociales.- Tres. Asimismo, por el presente
instrumento los socios modificar la administración, representación y uso de la razón social, la
que corresponderá a don THOMAS BENEDICTO ESPINOZA LAGOS, quien estará facultado
para actuar con todas y cada una de las facultades indicadas en el pacto social constitutivo, las
que se reproducen una a una.- En todo lo no modificado se mantiene vigente el pacto social
constitutivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. SANTIAGO, 03 de NOVIEMBRE de
2020.-

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