Decreto núm. 641, publicado el 05 de Agosto de 1995. PROMULGA EL ACUERDO COMPLEMENTARIO DE COOPERACION EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE, SUSCRITO CON GUATEMALA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
PROMULGA EL ACUERDO COMPLEMENTARIO DE COOPERACION EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE, SUSCRITO CON GUATEMALA
Núm. 641.- Santiago, 25 de Mayo de 1995.- Vistos: Los artículos 32, N° 17, y 50, N° 1), inciso segundo, de la Constitución Política de la República.
C o n s i d e r a n d o :
Que con fecha 18 de mayo de 1995 se suscribió entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y Guatemala el Acuerdo Complementario de Cooperación en Materia de Medio Ambiente.
Que dicho Acuerdo se adoptó en el Marco del Convenio Básico de Cooperación Científica y Técnica, suscrito el 4 de mayo de 1979 y publicado en el Diario Oficial de 23 de septiembre de 1980.
D e c r e t o :
Promúlgase el Acuerdo Complementario de Cooperación en Materia de Medio Ambiente, suscrito entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Guatemala el 18 de mayo de 1995; cúmplase y llévese a efecto como Ley y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Daniel Carvallo C., Director General Administrativo Subrogante.
ACUERDO COMPLEMENTARIO DE COOPERACION EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE ENTRE LA REPUBLICA DE CHILE Y LA REPUBLICA DE GUATEMALA
El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Guatemala, en adelante las Partes
c o n s i d e r a n d o:
Que los temas del medio ambiente y el desarrollo sostenible son actualmente objeto de análisis y discusión, tanto en foros internacionales multilaterales, como en el campo bilateral.
Que ambos países han reafirmado su deseo de reforzar sus relaciones bilaterales en el campo ecológico y ambiental, con el fin de cooperar mutuamente en la protección y manejo sustentable de sus recursos naturales.
Que las Partes han creado Comisiones específicas, encargadas de coordinar los diferentes tópicos del tema, así como también han manifestado su deseo de fortalecer sus instituciones existentes, para responder adecuadamente a los requerimientos de esta nueva prioridad.
Que este Acuerdo tiene como marco el Convenio Básico de Cooperación Científica y Técnica, suscrito en Guatemala el 4 de mayo de 1979.
Que es necesaria la cooperación sobre una base bilateral para la aplicación de las decisiones tomadas por la...
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