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Decreto núm. 600, publicado el 25 de Noviembre de 1995. CREA COMISION EJECUTIVA DEL PROGRAMA DE COOPERACION INTERNACIONAL DEL GOBIERNO DE CHILE PARA POLICIAS UNIFORMADAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyDecreto

CREA COMISION EJECUTIVA DEL PROGRAMA DE COOPERACION INTERNACIONAL DEL GOBIERNO DE CHILE PARA POLICIAS UNIFORMADAS

Santiago, 18 de Octubre de 1995.- Hoy se ha decretado lo siguiente:

Núm. 600.- Visto:

  1. Las múltiples peticiones de diversos gobiernos extranjeros requiriendo asesoría del Gobierno de Chile para sus policías uniformadas;

  2. Que esta asesoría ha sido otorgada hasta la fecha por Carabineros de Chile, al margen de una política general de cooperación internacional, del Gobierno de Chile;

  3. La necesidad de elaborar documentos que contemplen la normativa básica de la propuesta sostenida en materia de Cooperación Internacional, que Carabineros de Chile, otorgue en el futuro, a las policías uniformadas extranjeras, y

  4. Lo dispuesto en los artículos 24°, 32°, N° 8 y 90°, inciso tercero, de la Constitución Política de la República de Chile y 1° y 5°, inciso segundo, de la Ley N° 18.575,

    D e c r e t o:

    1. - Créase una "Comisión Ejecutiva del Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas", que tendrá por objeto elaborar el proyecto de cooperación, que se ofrecerá a los países amigos interesados en enviar a su personal a perfeccionarse en las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.

      Para tal finalidad redactará:

      Un "Estatuto de los Alumnos Becarios que cursan estudios en los Planteles Educacionales de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública de Chile;

      Un Plan Anual de Becas, con su proyección Presupuestaria, y

      El Manual de Organización y Funcionamiento para la Comisión que se crea.

    2. - La Comisión Ejecutiva estará compuesta por las personas que sirvan en calidad de titular o subrogante, en los siguientes cargos:

  5. El Subsecretario del Interior, quien la presidirá;

  6. El Director Ejecutivo de la Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AGCID) del Ministerio de Relaciones Exteriores;

  7. El Jefe de la División de Administración y Finanzas de la Subsecretaría del Interior;

  8. Los Directores o Jefes de Educación de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública;

  9. Los Directores o Jefes de las Direcciones de Finanzas de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, y

  10. El Jefe de la División de Gestión y Modernización de las Policías de la Subsecretaría del Interior, quien oficiará como Secretario de la referida Comisión Ejecutiva.

    Los miembros de esta Comisión, no percibirán remuneraciones ni estipendio alguno por su asistencia a las Sesiones.

    1. - Los...

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