Comisión contra desinformación: ¿inconstitucional? - 2 de Agosto de 2023 - El Mercurio - Noticias - VLEX 940449843

Comisión contra desinformación: ¿inconstitucional?

Después del error en la declaración de 23 diputados de haberle imputado dos delitos al ministro Jackson -lo que no hace más que afirmarlo como ministro-, ahora el Senado incurre en otra equivocación: la de requerir la inconstitucionalidad del decreto supremo que crea una Comisión Asesora contra la Desinformación.He leído con detención el requerimiento, que está bien redactado dada la experticia de su autor, Arturo Fermandois. Se alegan dos razones de inconstitucionalidad: una, la de invadir la potestad legislativa del Congreso, y, otra, la de limitar la libertad de expresión.Partamos por lo primero: ¿cómo puede una comisión que solo asesora a ministros de Estado usurpar las atribuciones legislativas del Congreso? En esto la Cámara de Diputados fue más prudente, ya que ofició al Presidente Boric para que enviara un proyecto de ley para el fortalecimiento de las organizaciones de verificación de hechos y de la prensa libre e independiente.Se señala en el requerimiento que los abusos de la libertad de emitir opinión y de informar deben ser materia de ley de quorum calificado, ¿pero de qué abusos estamos hablando si nada sugiere que la desinformación en plataformas digitales sea considerada un abuso de dichas libertades? La Constitución habla de "delitos y abusos" que pueden cometerse en el ejercicio de estas libertades, pero es posible entender que los abusos son ilícitos que pueden generar responsabilidad civil e indemnización, pero nada de esto justifica que se dicte una ley si ya tenemos la ley Nº 19.733, sobre libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo. Por cierto, esta ley puede ser reformada y esto puede ser producto de los informes de la Comisión.Todas las formas de ley que están en la garantía constitucional del art. 1912 no son para combatir la desinformación, salvo por cierto la ley Nº 19.733. Menos puede considerarse aplicable la garantía del art. 19 Nº 26 en relación con limitaciones legales que vayan contra la esencia del derecho de la libertad de expresión; porque es claro que no se trata de limitaciones que vayan contra la esencia de la libertad de opinar e informar, y más aún si se trata solo de un decreto supremo. Muchas comisiones asesoras son creadas por la potestad reglamentaria autónoma del Presidente.Tampoco puede señalarse que hay aquí una limitación o menoscabo de la libertad...

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