Decreto núm. 131, publicado el 21 de Junio de 1980. APRUEBA REGLAMENTO DE LA COMISION DE ADQUISICIONES DE LA CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE SERVICIOS DE SALUD
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD PUBLICA |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA REGLAMENTO DE LA COMISION DE ADQUISICIONES DE LA CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE SERVICIOS DE SALUD
Santiago, 14 de Abril de 1980.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 131.- Visto: Lo dispuesto en el inciso final del artículo 52º del decreto ley Nº 2.763, de 3 de Agosto de 1979, y en los artículos 16º, 17º y 18º del decreto supremo Nº 78, de 1980; la necesidad de reglamentar el funcionamiento de la Comisión de Adquisiciones de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud; la proposición formulada por dicha Comisión, y teniendo presente las facultades que me confieren los decretos leyes N.os 1, de 1973, y 527, de 1974,
Decreto:
-
El Subsecretario del Ministerio de Salud o su representante, quien la presidirá;
-
El Jefe de uno de los Departamentos de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Salud;
-
El Director del Fondo Nacional de Salud, y d) Dos Directores de Servicios de Salud.
Los miembros de la Comisión a que se refieren las letras b) y d) serán designados mediante resoluciones del Ministerio de Salud, quien podrá poner término a su desempeño en esa calidad cuando lo estime necesario.
El representante del Subsecretario será, asimismo, designado por éste mediante resolución.
-
Resolver las adquisiciones de medicamentos y
demás artículos y elementos comprendidos en la actividad
de la Central, cuyo valor exceda de tres mil unidades de
fomento, por cada tipo de artículo, sea que ellas se
efectúen por propuestas públicas o privadas, simples
cotizaciones o compras directas;
-
Tomar conocimiento de las adquisiciones
directas realizadas por el Director de la Central, en
conformidad con el Reglamento del Servicio;
-
Conocer y resolver los reclamos relativos a
las adjudicaciones que presenten los proveedores;
-
Estudiar y proponer modificaciones al presente
Reglamento, y
-
Adoptar, por unanimidad, acuerdos que declaren
que determinadas adquisiciones,- por razones especiales
de mercado,- son favorables a lo intereses o necesidades
del Servicio, en conformidad con lo dispuesto en la
letra e) del...
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