COMERCIALIZADORA SANOMANÍA SpA - 10 de Septiembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875559072

COMERCIALIZADORA SANOMANÍA SpA

Fecha de publicación10 Septiembre 2021
Número de registroCVE-2008552
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.051
CVE 2008552 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.051 | Viernes 10 de Septiembre de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2008552
EXTRACTO
María Soledad Santos Muñoz, Notario Público Titular de la 7ª Notaría de Santiago, con
Oficio en Agustinas Nº 1161, entrepiso, certifica: por escritura pública, de hoy ante mí, Doña
MARIANELLA ROSA AGUDO CANONICO, Venezolana, Arquitecta, Soltera, domiciliada en
General Bustamante Nº 743, departamento 804, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, Doña
ALEJANDRA GONZALEZ DE PIOLA, Venezolana, Psicóloga, Casada bajo el Régimen de
sociedad conyugal, domiciliada en Avenida Américo Vespucio Norte Nº 2580, departamento
108, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyen sociedad por acciones. Razón
social "COMERCIALIZADORA SANOMANÍA SpA", sin embargo podrá actuar sin limitación
alguna ante cualquier organismo, institución pública o privada, Servicio de Impuestos Internos,
Bancos e Instituciones Financieras, con el nombre de fantasía de "SANOMANÍA" o “SANO
MANÍA”. Objeto será: a) La exportación, importación, compra, venta directa o cualquier modo
de venta, permuta, consignación, acopio, leasing, producción y distribución de todo tipo de
bienes y/o servicios al por mayor y al detalle; b) Distribución y comercialización de todo tipo de
bienes; c) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena,
relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación,
comercialización y/o administración; d) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos,
comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o
extranjeros; e) el transporte de pasajeros, carga y mercaderías, rural y urbano, privado y
particular, y correspondencia en general, viajes especiales a instituciones públicas o privadas,
turismo, mudanzas y fletes, toda clase transporte de pasajeros, por cuenta propia o ajena, dentro y
fuera del país, Intercomunal, interprovincial, interregional o internacional de carácter terrestre en
general; f) comercialización de licores; g) La instalación, explotación, el tomar y dar en
arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de
establecimiento público en donde se sirvan comidas y bebidas Analcoholicas y alcohólicas
preparadas para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de
servicios de banquetes, entretención, catering, y producción de eventos en general, en locales
propios o ajenos; h) servicios de comida al paso; i) fuente de soda; j) la preparación, elaboración
y distribución de productos congelados; k) Servicio móvil de comida; l) servicio de banquetearía;
m) La prestación de servicios de de asesorías nutricionales, sean estas consultas, asesorías,
diagnósticos, tratamientos, docencia, investigación, etcétera, y, en general, realizar toda clase de
procedimientos, exámenes y actividades propias y/o relacionadas vinculadas con la referida
especialidad; n) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren
complementarias o anexas al giro principal; o) Toda otra actividad que él o los socios acuerden
desarrollar. Capital $1.000.000, dividido en 1000 acciones sin valor nominal, todas de una
misma serie, se suscriben y paga en este acto y en dinero efectivo. Demás estipulaciones
escritura extractada. Santiago, 08 de septiembre de 2021.

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