COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS DE ASEO Y DE MANTENCIÓN INDUSTRIAL OSCAR REMIGIO GABRIEL BARRIA MONTAÑA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - 10 de Julio de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 937289677

COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS DE ASEO Y DE MANTENCIÓN INDUSTRIAL OSCAR REMIGIO GABRIEL BARRIA MONTAÑA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Número de registroCVE-2341464
Fecha de publicación10 Julio 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.597
CVE 2341464 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.597 | Lunes 10 de Julio de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2341464
EXTRACTO
IVAN ANDRES TOLEDO MORA, Notario Público Suplente del Titular PABLO
VALENZUELA PÉREZ, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Punta
Arenas, con oficio en calle Lautaro Navarro N° 1048, comuna de Punta Arenas, certifica: por
escritura pública, de fecha 19 de junio de 2023, Repertorio Número 1999/2023, otorgada ante mí,
Comparece: don OSCAR REMIGIO GABRIEL BARRÍA MONTAÑA, chileno, casado,
visitador médico, cédula nacional de identidad número diez millones doscientos cuarenta y dos
mil cuatrocientos cuarenta y nueve guión dos, de 56 años de edad, domiciliado en calle Waldo
Seguel número ciento veinticuatro, de la comuna y ciudad de Punta Arenas, celebró escritura de
saneamiento en el siguiente sentido: conforme Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa
y nueve, artículo primero y siguientes, se sanearon los vicios contenidos en la escritura pública
de constitución de la Empresa Individual De Responsabilidad Limitada “OSCAR REMIGIO
GABRIEL BARRIA MONTAÑA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA”, suscrita por don Oscar Remigio Gabriel Barría Montaña, con fecha dieciocho de
mayo de dos mil quince, Repertorio número mil doscientos treinta y uno guión quince, ante
Notario Público Interino de Magallanes, don Ulises Enrique Morales Ríos, cuyo extracto fue
publicado en el Diario Oficial en su edición número cuarenta y un mil ciento ochenta y cinco, de
fecha diecisiete de junio de dos mil quince, e inscrito a fojas trescientos cincuenta y seis vuelta,
número doscientos cuarenta y siete, en el Registro de Comercio del año dos mil quince, a cargo
del Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas. Los vicios consistieron en error involuntario
en el nombre de la empresa, contenido en la cláusula SEGUNDO de la escritura pública de
constitución; y en el objeto social de la empresa, establecido en la cláusula TERCERO de la
escritura pública de constitución. Así, las modificaciones mediante las cuales se corrigen los
vicios de que se trata son las siguientes: “TERCERO. Por medio del presente instrumento, y en
uso del derecho que le confiere el artículo uno y demás pertinentes de la Ley número diecinueve
mil cuatrocientos noventa y nueve, el compareciente viene en sanear los vicios formales
presentes en la constitución de la empresa individualizada, con el fin de dar cabal cumplimiento
a lo dispuesto en la Ley número diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, artículo cuarto,
letras b) y d), mediante las modificaciones que a continuación se señalan: UNO) El
compareciente modifica el nombre o razón social de la empresa, establecido en la cláusula
SEGUNDO de la escritura pública de constitución, pasando a ser el siguiente:
“COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS DE ASEO Y DE MANTENCIÓN INDUSTRIAL
OSCAR REMIGIO GABRIEL BARRIA MONTAÑA EMPRESA INDIVIDUAL DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “AUSTRO
MOGABE E.I.R.L.”. DOS) El compareciente modifica el objeto social de la empresa,
establecido en la cláusula TERCERO de la escritura pública de constitución, pasando a ser el
siguiente: “la venta al por menor de otros productos en comercios especializados, y
especialmente, se centrará en el rubro de comercio de productos de aseo y de mantención
industrial.”. En lo no modificado y saneado por éste instrumento, se mantendrán plenamente
vigentes las estipulaciones contenidas en la escritura pública de constitución de empresa
individual de responsabilidad limitada, rigiendo íntegramente el pacto social y su extracto.
Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Punta Arenas, 23 de junio de 2023.

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