COMERCIAL SHORTY BURGER SpA - 18 de Enero de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875142025

COMERCIAL SHORTY BURGER SpA

Fecha de publicación18 Enero 2020
Número de registroCVE-1713558
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.556
CVE 1713558 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.556 | Sábado 18 de Enero de 2020 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1713558
EXTRACTO
CLAUDIO HERNAN MESINA SCHULZ, Abogado, Notario Público Titular de la 46
Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Vicuña Mackenna Nº 814, Comuna de Ñuñoa,
certifica: por escritura pública repertorio 33 – 2020, hoy ante mí, Don CESAR AUGUSTO
HERRERA REBOLLEDO y don RICHARD ENRIQUE MEDINA OVIEDO, constituyeron
sociedad por acciones bajo nombre de “COMERCIAL SHORTY BURGER SpA” pudiendo usar
el nombre de fantasía “SHORTY BURGER SpA”. Objeto: a) La explotación de todo tipo de
negocios como amasanderías, panaderías, pastelerías, minimarket, rotiserías, fiambrerías,
pizzerías, supermercados, paqueterías, librerías, bazares, restaurantes, restaurantes y servicios de
comida rápida, cafeterías, heladerías, gelaterías, bares, fuentes de soda, pubs y ramos similares,
en establecimientos propios o ajenos; b) La producción, elaboración, comercialización, compra,
venta y distribución al por mayor, menor o al detalle, de toda clase de alimentos; frutas, verduras,
expendio de bebidas alcohólicas y analcohólicas de cualquier tipo y naturaleza, helados,
cigarrillos y comidas; la Importación, exportación, compra, venta, comercialización y
distribución, de todo tipo de mercaderías y productos, sean al por mayor o al detalle, tales como
granos, abarrotes, licores, rancho, verduras, cárnicos, lácteos, frutas; c) La compra, venta,
permuta, arriendo, importación, exportación, distribución, comercialización, representación por
cuenta propia o ajena, de todo tipo de automóviles, maquinarias y vehículos motorizados en
general, nuevos o usados; de todo tipo de repuestos y accesorios para ellos, la prestación de
servicios de mantención y reparación de los mismos, servicios de fletes, mudanzas y logística de
todo tipo de mercaderías; y d) cualquier otra actividad comercial sin limitación alguna, en
distintas áreas y rubros, pudiendo la compañía dedicarse al comercio en cualesquiera de sus
expresiones, tanto en el ámbito nacional como internacional, podrá dedicarse a la explotación de
todo tipo de establecimientos de comercio, a la explotación de todo tipo de inmuebles, urbanos o
agrícolas y en general a toda actividad comercial, podrá también prestar servicios de todo tipo y
en cualquiera de las áreas, también la sociedad podrá dedicarse a la inversión en toda clase de
bienes, ya sean bienes muebles o inmuebles, en la más amplia expresión de ellos y en general
podrá desarrollar toda actividad comercial o de inversión sin limitación alguna. Duración:
indefinida a cortar de hoy. Capital: dos millones de pesos, dividido en dos mil acciones,
nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie, es suscrito, enterado y pagado por
accionistas en la siguiente forma: a) Don César Augusto Herrera Rebolledo, suscribe un total de
mil quinientas acciones equivalentes a un millón quinientos mil pesos, los cuales entera y paga
en dinero efectivo. b) Don Richard Enrique Medina Oviedo, suscribe en este acto un total de
quinientas acciones equivalentes a quinientos mil pesos, de las cuales entera y paga en diez
acciones en dinero efectivo equivalentes a diez mil pesos y las restantes cuatrocientas noventa
acciones, equivalentes a cuatrocientos noventa mil pesos, en un plazo máximo de veinticuatro
meses a contar de esta fecha. La sociedad declara haber recibido los aportes en dinero y haberlos
ingresados en caja social. Demás estipulaciones, en instrumento extractado, Santiago 15 de enero
de 2020.

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