COMERCIAL Y SERVICIOS PEREZ LIMITADA - 23 de Febrero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 897145414

COMERCIAL Y SERVICIOS PEREZ LIMITADA

Número de registroCVE-2090264
Fecha de publicación23 Febrero 2022
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.186
CVE 2090264 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.186 | Miércoles 23 de Febrero de 2022 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2090264
EXTRACTO
RAUL FARREN PAREDES, Abogado, Notario Público, Titular de la Notaria de Viña del
Mar, con oficio en Villanelo 66, de esta comuna, certifica: Por escritura Pública hoy, ante mí,
comparecen por una parte como únicos socios de COMERCIAL Y SERVICIOS PEREZ
LIMITADA, la que podrá ser denominada en este instrumento y en forma indistinta, como
COMERCIAL PEREZ LTDA., sociedad del giro de su denominación, don ANGEL ARMANDO
AGUAYO PEREZ, Ingeniero Comercial, cedula de identidad número dieciocho millones ciento
dieciséis mil cuatrocientos cincuenta y uno guion cuatro; y don DAGOBERTO ANDRES
AGUAYO PEREZ, empleado, cedula de identidad número quince millones cuatrocientos doce
mil novecientos ochenta y dos guion cero, ambos con domicilio en Parcela ciento sesenta,
Condominio Santa Rosa, Comuna Lampa, Ciudad de Santiago, de paso en esta comuna; todos
mayores de edad quienes acreditaron su identidad e individualización personal con las cédulas
antes citadas y exponen: modificaron sociedad de responsabilidad Limitada denominada
COMERCIAL Y SERVICIOS PEREZ LIMITADA, nombre de fantasía COMERCIAL PEREZ
LTDA., cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces
de Los Vilos-, a Fojas treinta y dos Número dieciocho del año dos mil veintiuno, publicándose
en el Diario Oficial, en su edición de fecha quince de octubre del año dos mil veintiuno Número
CVE dos cero dos cinco siete nueve uno.- Modificando EL PACTO SOCIAL: Por este
instrumento, los comparecientes y como únicos socios, vienen en modificar el pacto social
constitutivo en el siguiente sentido: UNO) Se modifica la Cláusula Segunda referente al objeto
social, y se reemplaza por el siguiente: “SEGUNDO: a) Explotación, en todas sus formas, de
estaciones de servicio y/o centros de servicios automotriz, incluidos servicios de carga eléctrica,
electrolineras, garajes y servicios complementarios como lavado y lubricación, por cuenta propia
o de terceros; b) compraventa, comercialización, distribución, importación y exportación de toda
clase de bienes, es especial combustibles líquidos y/o gaseosos, entre los últimos gas licuado y
gas natural, lubricantes, aditivos, vehículos, repuestos, equipamiento y accesorios; c) Realización
de actos y contratos relacionados con los anteriores, como rutacentros, minimarket, restoranes,
cafeterías, fuentes de soda, tiendas de conveniencia como de cualquier otra naturaleza, servicios
de alimentos y/u otros de naturaleza parecida, incluidos taller mecánico, arrendamiento de
vehículos y el transporte en todas sus formas; d) Servicios, asesorías y consultorías de toda
naturaleza, particularmente aquellas relacionadas con las distintas áreas y especialidades de la
Administración, Finanzas, Comercial, Planificación, Marketing, Publicidad y Nutrición,
incluyendo la evaluación y desarrollo de proyectos, como así mismo la academia, charlas, cursos,
seminarios y capacitaciones; e) Comercio electrónico y otros canales de venta, como marketplace
y ecommerce; f) Representaciones de toda naturaleza, tanto nacionales como extranjeras; g)
Corretaje de propiedades, compraventa y arrendamiento de toda clase de inmuebles, su
explotación, administración y percepción de frutos, incluido el desarrollo de proyectos
inmobiliarios, loteamientos, urbanizaciones, construcción, reparación y mantención; h) Inversión
en todo tipo de bienes, sean muebles, inmuebles, corporales o incorporales, acciones, bonos u
otros instrumentos mercantiles, pudiendo celebrar sobre estos bienes todos los contratos
legalmente factibles; e i) Demás negocios y/o servicios que los socios acuerdan llevar a cabo en
Chile o en el extranjero.” DOS) Asimismo, los comparecientes y como únicos socios, vienen en
complementar la CLAUSULA OCTAVA del pacto social constitutivo en el siguiente sentido:
“OCTAVO: En caso de fallecimiento de alguno de los socios, la sociedad continuará con los
herederos del socio fallecido, los que deberán designar un representante común ante la sociedad.
Y que, en caso de fallecimiento del socio administrador, el uso de la Razón Social y
administración debe radicarse en el socio sobreviviente.” En todo lo no modificado en el presente
instrumento, los actuales socios ratifican y declara que se mantiene plenamente vigente el pacto
social constitutivo referido. Capital: $30.000.000.- Demás estipulaciones escritura extractada.
Viña del Mar, 01 de Febrero de 2022.

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