Causa nº 2231/1999 (Apelación). Resolución nº 20458 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 14 de Diciembre de 1999 - Jurisprudencia - VLEX 32113413

Causa nº 2231/1999 (Apelación). Resolución nº 20458 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 14 de Diciembre de 1999

Fecha14 Diciembre 1999
Número de expediente2231/1999
Número de registrorec22311999-cor0-tri6050000-tip4
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Procesal
EmisorSala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile)
PartesComercial e Industrial Cabildo Ltda.

Santiago, treinta de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.-

Vistos:

Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus considerandos 16º, 17º, 18 y 19º, que se eliminan;

Y se tiene en su lugar y, además, presente:

  1. ) Que en estos autos, rol de esta Corte Nº2231-99, por dictamen Nº 1040, de fecha 3 de julio de 1998, la Comisión Preventiva Central determinó, previo informe del Sr. Fiscal Nacional Económico, que las empresas recurrentes M. y Cabildo incurrieron en conducta contraria a las normas del Decreto Ley Nº 211, de 1973 (artículo 2 letra f), al tratar de impedir o entorpecer el ingreso al mercado nacional, en el rubro de supermercados, de la firma francesa Carrefour, mediante el registro a nombre de M. de marcas pertenecientes a dicha firma. Se solicitó al señor Fiscal Nacional Económico que requiriera de la H. Comisión Resolutiva la aplicación de sanciones pecuniarias a las referidas empresas;

  2. ) Que, presentado el requerimiento, éste fue acogido por la H. Comisión Resolutiva, la que resolvió que las sociedades requeridas, M. y Compañía Limitada e Industrial Cabildo Limitada, han observado una conducta contraria a la libre competencia e impuso a la sociedad Comercial e Industrial Cabildo Limitada una multa ascendente a 2.500 Unidades Tributarias Mensuales y a la sociedad M. y Compañía Limitada una multa ascendente a 1.000 Unidades Tributarias Mensuales;

  3. ) Que, habiéndose interpuesto el recurso especial establecido en el artículo 19 del DL 211 por las dos empresas sancionadas, para ante esta Corte, se otorgó vista al Sr.Fiscal, quién informó a fs.724, que su parecer es que el fallo recurrido se ha ajustado a derecho, pues los hechos que detalla en su fundamento han existido y de ellos se pueden deducir los razonamientos que llevaron a la aplicación de las multas;

  4. ) Que el artículo 1º del Decreto Ley Nº 211 de 1973, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por Decreto Nº 511 de 1980, establece en su primer inciso que "El que ejecute o celebre, individual o colectivamente, cualquier hecho, acto o convención que tienda a impedir la libre competencia dentro del país en las actividades económicas, tanto en las de carácter interno como en las relativas al comercio exterior, será penado con presidio menor en cualquiera de sus grados."

    El artículo 2º del mismo texto indica que para los efectos previstos en el artículo anterior se consideran, entre otros, como hechos, actos o convenciones que tienden a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR