COMERCIAL ALFREDO MOLINA MALLEA E.I.R.L. - 12 de Septiembre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 910354696

COMERCIAL ALFREDO MOLINA MALLEA E.I.R.L.

Fecha de publicación12 Septiembre 2022
Número de registroCVE-2186662
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.351
CVE 2186662 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.351 | Lunes 12 de Septiembre de 2022 | Página 1 de 3
Empresas y Cooperativas
CVE 2186662
EXTRACTO
JORGE ENRIQUE FIGUEROA HERRERA, Notario Público Interino Primera Notaría de
Puerto Montt, con oficio en Guillermo Gallardo 165, de esta ciudad, certifico: Que por escritura
pública de fecha 16 de agosto de 2.022, repertorio N° 2.903 -2.022, otorgada ante mí, Don
ALFREDO SEBASTIÁN MOLINA MALLEA, chileno, casado bajo el régimen de separación
total de bienes, ingeniero comercial, C.I.NAC. 13.191.288-9, 44 años de edad, Benavente N°511,
Puerto Montt, constituyó una empresa individual de responsabilidad limitada. Nombre.
"COMERCIAL ALFREDO MOLINA MALLEA E.I.R.L.", pudiendo usar para todos los efectos
legales, aún para operar con los Bancos comerciales e instituciones financieras, el nombre de
fantasía "COMERCIAL AMM E.I.R.L." Capital: $1.000.000 dinero en efectivo.- Objeto:
compra, venta, arriendo, permuta y otros títulos traslaticios de dominio de bienes muebles e
inmuebles, como también la comercialización en general de bienes raíces urbanos o rurales, sin
ánimo de efectuar construcciones de inmuebles por adherencia Administración: Alfredo
Sebastián Molina Mallea, quien anteponiendo la razón social a su firma, representará a la
empresa, con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos y
ejercitar las atribuciones que más adelante se indican, sin que la enumeración pueda constituir
una restricción o limitación: A) Facultades de Libre Disposición de Bienes: UNO: Adquirir,
enajenar, comprar y vender, a cualquier título, toda clase de bienes inmuebles, corporales o
incorporales, firmando las escrituras públicas respectivas, pudiendo convenir en ellas en el precio
y forma de pago, cobrar, percibir y dar por pagado y cancelado el precio; señalar cabidas y
deslindes de los inmuebles, firmar planos y minutas y convenir cualquiera otra cláusula del
contrato, sea de la esencia, naturaleza o accidental, sin limitación alguna, y delegar en el portador
de copia autorizada de la correspondiente escritura la facultad de requerir y firmar en los
Conservadores de Bienes Raíces las inscripciones y anotaciones que procedan. En el caso de
enajenación con garantías hipotecarias o prendarías, los administradores podrán alzarlas cuando
lo estimen conveniente.- DOS: Adquirir, enajenar, comprar y vender, a cualquier título, toda
clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, letras de cambio,
pagarés, debentures, y cualquier otra clase de valores mobiliarios y actuar con las más amplias
facultades en el mercado de capitales.- TRES: Suscribir convenios de confirmaciones para
compra de facturas y/o créditos, celebrar contratos de factoring y securitización y, en general,
convenios vinculados con operaciones de financiamiento de la Empresa respecto de títulos de
créditos, de deuda y similares.- CUATRO: Comprar y vender mercaderías y toda clase de
materias primas, materiales, servicios e insumos en general, nacionales o importados, para la
fabricación y elaboración de productos.- CINCO: Celebrar contratos de promesa sobre toda clase
de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales.- SEIS: Ceder y aceptar cesiones.-
SIETE: Adquirir o enajenar líneas telefónicas y vehículos motorizados, suscribiendo la
documentación relativa a la transferencia de dominio e inscripciones correspondientes.- OCHO:
Comprar y vender maquinarias, equipos y repuestos nacionales o importados destinados a la
producción.- NUEVE: Gravar bienes, en especial, aquellos a que se refieren los numerales
anteriores, con servidumbres, usufructos, fideicomisos, prohibiciones, prendas de toda clase,
hipotecas u otros gravámenes, con o sin cláusula de garantía general, según proceda; aceptar en
favor de la Empresa gravámenes y alzarlos, cancelarlos, dividirlos o posponerlos.- DIEZ:
Aceptar y otorgar fianzas y solidaridad; pactar multas y cláusulas penales.- ONCE: Cobrar, pagar
y percibir; otorgar finiquitos y cancelaciones; renunciar acciones, reconocer deudas y
obligaciones; dar prórrogas y esperas; exigir rendiciones de cuentas; remitir; compensar; novar;
transigir; aceptar y hacer daciones en pago; rescindir, terminar, revocar, resciliar, total o
parcialmente, todo tipo de contratos.- DOCE: Concurrir a la constitución de toda clase de
sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad
limitada o en comanditas, pudiendo participar como socio gestor o comanditario en estas últimas,
cualquiera que sea su objeto; designar a sus administradores o directores provisionales, pudiendo
serlo ellos o sus mandatarios; concurrir a la constitución de asociaciones o cuentas en
participación, corporaciones, asociaciones gremiales o cooperativas; e, incorporarse a las ya
existentes. Asimismo, concurrir a la modificación, división, fusión, transformación, disolución,
liquidación de aquellas de las que la Empresa forme parte, y retirarse de ellas; representar a la

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