Colmenares - Castro - 1 de Septiembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852437397

Colmenares - Castro

Fecha de publicación01 Septiembre 2020
Número de registroCVE-1804587
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta42.745
CVE 1804587 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 42.745 | Martes 1 de Septiembre de 2020 | Página 1 de 13
Publicaciones Judiciales
CVE 1804587
NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Letras del Trabajo de la ciudad de Antofagasta, en causa RIT
O-265-2020, RUC 20-4-0252995-5, autos caratulada “COLMENARES con CASTRO”, se ha
ordenado notificar a las demandadas SOCIEDAD JOYEDA LTDA., RUT Nº 76.137.965-8,
SOCIEDAD MEDITERRÁNEO LIMITADA, RUT Nº 76.981.060-9, SOCIEDAD NUESTRA
TIERRA LTDA., RUT Nº 76.001.943-7, YENNIFER RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, RUT N°
14.270.701-2, y JOSÉ CASTRO SOSSA, RUT N° 12.211.794-4, mediante aviso que se
publicará en el Diario Oficial, conforme lo dispone el artículo 439 del Código del Trabajo
respecto de la siguiente demanda extractada: EN LO PRINCIPAL: DEDUCE DEMANDA DE
DESPIDO INCAUSADO, NULIDAD DEL DESPIDO Y COBRO DE PRESTACIONES; EN
PRIMERO OTROSÍ: DEDUCE DEMANDA DE SUBTERFUGIO Y UNIDAD ECONÓMICA;
EN EL SEGUNDO OTROSÍ: FORMA DE NOTIFICACIÓN; EN EL TERCER OTROSÍ:
ACREDITA PERSONERÍA; EN EL CUARTO OTROSÍ: TÉNGASE PRESENTE. S.J.L. DEL
TRABAJO DE ANTOFAGASTA. ANA ROJAS SANDOVAL, Abogada, Cédula de identidad
número 15.692.042-8, domiciliada para estos efectos en CALLE LATORRE Nº 2580 OF 5-B, de
la comuna de ANTOFAGASTA, en representación -según se acreditará- de don LEONARDO
RAUL COLMENAREZ REVELO, cédula de identidad Nº 26.601.435-K, venezolano, soltero,
dependiente, con domicilio en SUCRE Nº 1008, de la comuna de ANTOFAGASTA, a S.S.,
respetuosamente digo: Que vengo en este acto a interponer DEMANDA DE DESPIDO
INCAUSADO, NULIDAD DEL DESPIDO Y COBRO DE PRESTACIONES, en procedimiento
de aplicación general, contra del ex empleador de la demandante, SOCIEDAD JOYEDA LTDA,
RUT Nº 76.137.965-8, persona jurídica del giro de su denominación, representado legalmente
por don Jaime Andrés Montalba Rodríguez, cédula de identidad Nº 15.193.624-5, o por quien
corresponda a la época de la notificación conforme lo prescribe el artículo 4º del Código del
Trabajo todos con domicilio para estos efectos en SUCRE Nº 777, comuna de ANTOFAGASTA
y solidariamente en calidad de empresa constituyente de Unidad Económica y coempleador en
contra de las siguientes empresas: 1) SOCIEDAD MEDITERRÁNEO LIMITADA, RUT Nº
76.981.060-9, persona jurídica del giro de su denominación, representado legalmente por doña
Yennifer Rodríguez Rodríguez, cédula de identidad Nº 14.270.701-2, o por quien corresponda a
la época de la notificación conforme lo prescribe el artículo 4º del Código del Trabajo todos con
domicilio para estos efectos en SUCRE Nº 777, comuna de ANTOFAGASTA, en contra de 2)
SOCIEDAD NUESTRA TIERRA LTDA, RUT Nº 76.001.943-7, persona jurídica del giro de su
denominación, representado legalmente por doña Yennifer Rodríguez Rodríguez, cédula de
identidad Nº 14.270.701-2, o por quien corresponda a la época de la notificación conforme lo
prescribe el artículo 4º del Código del Trabajo todos con domicilio para estos efectos en SUCRE
Nº 777, comuna de ANTOFAGASTA, en contra de 3) YENNIFER RODRÍGUEZ
RODRÍGUEZ, cédula de identidad Nº 14.270.701-2, factor de comercio, domiciliada para estos
efectos en SUCRE Nº 777, comuna de ANTOFAGASTA, y en contra de 4) JOSÉ CASTRO
SOSSA, cédula de identidad Nº 12.211.794-4, factor de comercio, domiciliado para estos efectos
SUCRE Nº 777, comuna de ANTOFAGASTA, por los siguientes argumentos de hecho y
derecho que a continuación paso a exponer: I. ANTECEDENTES DE HECHO: A.
ANTECEDENTES DE LA RELACIÓN LABORAL: 1. Que, con fecha 27 de julio del 2018, el
actor inició relación laboral la empresa demandada de autos SOCIEDAD JOYEDA LTDA, bajo
vinculo de subordinación y dependencia, para desempeñar funciones de ATENCIÓN PÚBLICO.
2. Las funciones que realizaba el actor en primer lugar fue de Barman, luego garzón y por último
y hasta el término de la relación laboral como guardia de seguridad. 3. El actor prestaba
funciones en el local de propiedad de su ex empleador ubicado en Sucre Nº 624, local cuyo
nombre de fantasía era “Café Shop Minas”. 4. Es del caso hacer presente, que el actor trabajaba
en el local ubicado en Sucre Nº 624, sin embargo, durante la relación laboral el actor realizaba en
caso de necesidad trabajos en los otros locales propiedad de su ex empleador esto es en el local

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