Colegios particulares alertan por rechazo en la Convención del derecho preferente de padres a educar a hijos - 29 de Agosto de 2021 - El Mercurio - Noticias - VLEX 875182759

Colegios particulares alertan por rechazo en la Convención del derecho preferente de padres a educar a hijos

Fue a mediados de esta semana que la comisión de Reglamento de la Convención Constitucional votó en contra de la indicación 315 presentada por los constituyentes Marcela Cubillos, Constanza Hube, Rodrigo Álvarez y Ricardo Neumann, de Vamos por Chile, que buscaba integrar distintos derechos que serán abordados por la futura comisión sobre Derechos Fundamentales de la Convención.Uno de los puntos esenciales del texto era incorporar el derecho a la "libertad de enseñanza, y derecho preferente de los padres a educar a sus hijos". Sin embargo, esta propuesta se rechazó con 16 votos en contra, 12 a favor y 2 abstenciones. Esta decisión, rápidamente, ha generado respuestas desde el mundo educativo, especialmente desde los establecimientos educacionales particulares y particulares subvencionados, así como de algunas agrupaciones de padres y apoderados (ver recuadro).Fue la Corporación Nacional de Colegios Particulares de Chile (Conacep) que en respuesta a la decisión de la Convención, llamó a todas las comunidades escolares del país a expresar su rechazo frente a la decisión de la comisión de Reglamento que excluyó la libertad de enseñanza y el derecho preferente de los padres respecto de la educación de sus hijos como temas a tratar por la comisión Temática permanente de Derechos Fundamentales."Este es el hecho más grave desde el inicio del proceso constitucional", afirmó el presidente de Conacep, Hernán Herrera, ya que asegura que una norma básica de las constituciones democráticas es el reconocimiento como garantía constitucional del derecho de los padres a incidir, decidir y resolver sobre la educación de sus hijos.El dirigente argumenta que la decisión de la comisión de Reglamento contraviene los límites que la propia Constitución estableció a los convencionales, que los obliga a respetar los tratados internacionales vigentes. "En efecto, el artículo 26 número 3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que 'los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos'".Además, explica que "el Pacto Internacional de los Derechos Económicos Sociales y Culturales, ratificado por Chile en 1972, declara que 'los Estados Parte en el presente Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres y, en su caso, de los tutores legales, de escoger para sus hijos o pupilos escuelas distintas de las creadas por las autoridades públicas, siempre que aquellas satisfagan las normas mínimas que...

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