La colaboración público-privada en seguridad social - 16 de Enero de 2024 - El Mercurio - Noticias - VLEX 975256410

La colaboración público-privada en seguridad social

Chile tiene larga tradición en gestión de entidades públicas y privadas en regímenes de seguridad social, es el caso, entre otros, de las Mutuales de empleadores con el Instituto de Seguridad Laboral. Lo mismo ocurre en materia de cotizaciones: tenemos esquema mixto en el seguro de cesantía y en la seguridad social complementaria.A partir de 2002 entró en aplicación el seguro de desempleo, en que interviene en la gestión una sociedad anónima (AFC), asentada en el país, la cual por licitación del Estado se encarga de administrar este seguro social. En el financiamiento de la prestación, confluyen aportes del Estado, con cotizaciones del empleador y también del trabajador con contrato indefinido. Es un área de la seguridad social que funciona a satisfacción de los usuarios.La AFC se encarga de las tareas de soporte e inversión de las cotizaciones y aportes. En el necesario proyecto de reforma al sistema de pensiones se está planteando que la actividad de soporte del nuevo modelo estructural esté a cargo de una entidad licitada en condiciones jurídicas y económicas similares a la AFC. Esto supone una colaboración público-privada, en que un particular se hace cargo de la afiliación, recaudación, administración de cuentas y pago de prestaciones, entre otras. Se deja la inversión de los recursos de pensiones a manos de inversores privados y uno público.La propuesta resulta atractiva en tanto la sociedad licitada pasa a...

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