Resolucion núm. 154 EXENTA, el 13 de Enero de 2007. FIJA COEFICIENTES PARA PROYECCION DE REAJUSTE Y DE INTERES DE BOLETAS BANCARIAS DE GARANTIA QUE INDICA - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470462178

Resolucion núm. 154 EXENTA, el 13 de Enero de 2007. FIJA COEFICIENTES PARA PROYECCION DE REAJUSTE Y DE INTERES DE BOLETAS BANCARIAS DE GARANTIA QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

FIJA COEFICIENTES PARA PROYECCION DE REAJUSTE Y DE INTERES DE BOLETAS BANCARIAS DE GARANTIA QUE INDICA

Santiago, 9 de enero de 2007.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 154 exenta.- Visto: El D.S. Nº44 (V. y U.), de 1988, que reglamenta el Sistema General Unificado de Subsidio Habitacional, para los llamados y actuaciones que se encontraban vigentes con anterioridad al 13 de Marzo de 2004, y en especial lo dispuesto en sus artículos 12, 23, 35 y 36; el D.S. Nº167 (V. y U.), de 1986, que reglamenta el Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, para los llamados y actuaciones que se encontraban vigentes con anterioridad al 11 de Julio de 2002, y en especial lo dispuesto en sus artículos 5º, 11 y 25 bis; el D.S. N°117 (V. y U.) de 2002, que reglamenta el Sistema de Subsidio Habitacional Rural, para los llamados y actuaciones que se efectúen a contar del 11 de Julio de 2002, fecha de su publicación; en especial lo dispuesto en sus artículos 20 y 21; el D.S. Nº62 (V. y U.), de 1984, que reglamenta el Sistema de Postulación, Asignación y Venta de Viviendas destinadas a Atender Situaciones de Marginalidad Habitacional, y en especial lo dispuesto en su artículo 49; el D.S. Nº235 (V. y U.), de 1985, que reglamenta el Sistema de Participación de las Instituciones del Sector Vivienda en Programas Especiales de Construcción de Viviendas Sociales, y en especial lo dispuesto en sus artículos 3º, 9º, 20 y 22; el D.S. Nº140 (V. y U.), de 1990, que reglamenta los Programas de Viviendas Progresivas, y en especial lo dispuesto en sus artículos 16 y 19; el D.S. Nº135 (V. y U.), de 1986, que fija el texto refundido del reglamento para el otorgamiento de préstamos a corto plazo por los SERVIU para el financiamiento de obras que indica, y en especial lo dispuesto en su artículo 9º, dicto la siguiente,

Resolución :

  1. - Fíjase los coeficientes que a continuación se indican, según mes de vencimiento, para la proyección de reajuste de las boletas bancarias de garantía a que se refiere el D.S. Nº44 (V. y U.), de 1988, en sus artículos 12, 23, 35 y 36; el D.S. Nº167 (V. y U.), de 1986, en sus artículos 5º, 11, y 25 bis; el D.S. N°117 (V. y U.) de 2002, en sus artículos 20 y 21; el D.S. Nº62 (V. y U.), de 1984, en su artículo 49º; el D.S. Nº235 (V. y U.), de 1985, en sus artículos 3º, 9º, 20 y 22; el D.S. Nº140 (V. y U.), de 1990, en sus artículos 16 y 19; el D.S. Nº135 (V. y U.), de 1986, en su artículo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR