CMF reprocha al retailer error en nombramiento de Heike Paulmann como gerenta general interina - 19 de Octubre de 2023 - El Mercurio - Noticias - VLEX 950069169

CMF reprocha al retailer error en nombramiento de Heike Paulmann como gerenta general interina

Nuevos coletazos sigue dando el caso del ex-CEO de Cencosud Matías Videla, aunque ahora sobre las decisiones de reemplazo del ejecutivo. Esto, tras su renuncia motivada por la sanción de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) por supuesto uso de información privilegiada.Ayer por la tarde, el regulador ofició a la presidenta del directorio, Heike Paulmann, reprochando su designación, por parte de la mesa de la empresa dueña de Jumbo, Santa Isabel e Easy, como reemplazante interina de Videla.Esto, luego de que al mediodía, la empresa enviara un hecho esencial, explicando el rol interino de Heike Paulmann en sustitución del CEO encomendado por el directorio, hasta designar un nuevo gerente general, tras la salida del alto ejecutivo argentino. En la comunicación se explicó que Paulmann deberá velar interinamente "por el correcto funcionamiento de la Compañía y conducir el proceso de designación de dicho cargo".Asimismo, se designó a Sebastián Rivera Martínez, gerente de asuntos legales e institucionales de la compañía, como representante legal interino de Cencosud, "para todos los efectos señalados por dicha norma reglamentaria".En su comunicado, la CMF manifestó: "Esta Comisión cumple con señalarle que lo informado, en relación a las funciones que asume la presidenta del directorio, propias del gerente general y que durarían hasta la designación de tal, no se compatibiliza con lo dispuesto en el inciso final del artículo 49 de la Ley N° 18.046 de Sociedades Anónimas, que al respecto señala: 'El cargo de gerente es incompatible con el de presidente, auditor o contador de la sociedad y en las sociedades anónimas abiertas, también con el de director'. En otras palabras, la presidenta no puede -en todo o parte, ni aun en forma interina- asumir las funciones de la gerencia general".Asimismo, la Comisión manifestó que visualiza un incumplimiento del artículo 89 del Reglamento de Sociedades Anónimas, que al respecto prescribe: "El directorio está obligado a designar a una o más personas que, individualmente, actúen en ausencia del gerente, la que no será necesaria acreditar por el interesado, representando válidamente a la sociedad en todas las notificaciones que se le practiquen", agregando el inciso segundo la obligación que pesa sobre el directorio de ser responsables... "de que existan personas designadas para los efectos del inciso precedente, de que su nombramiento esté vigente y de que se encuentren inscritos en el registro a que se...

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