CLIP e-PAYMENTS SpA - 24 de Mayo de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 868058630

CLIP e-PAYMENTS SpA

Número de registroCVE-1948318
Fecha de publicación24 Mayo 2021
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.960
CVE 1948318 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.960 | Lunes 24 de Mayo de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1948318
EXTRACTO
MARY CARMEN ENCINA LORCA, Abogado, Notario Público Suplente de la Undécima
Notaría de Santiago, oficio Paseo Ahumada N° 131, oficina N°322, comuna de Santiago,
certifico: Que por escritura pública de fecha 10 de Mayo de 2021 Repertorio N°13147-21, ante
mí, don EDGARDO ALFONSO GUTIERREZ MAHUZIER, con domicilio en Avenida
Apoquindo número seis mil cuatrocientos diez oficina mil trescientos nueve, comuna de Las
Condes, don GABRIEL EDUARDO CIFUENTES GUERRA, con domicilio en calle San
Enrique número catorce mil seiscientos ochenta, comuna de Lo Barnechea y don RODRIGO
FELIPE URQUIETA SOTO, domiciliado en Avenida Apoquindo número seis mil cuatrocientos
diez, oficina mil trescientos nueve, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, vienen en
constituir una sociedad. Nombre. CLIP e-PAYMENTS SpA, nombre de fantasía CLIP
e-PAYMENTS. Domicilio. Su domicilio es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin
perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en otros puntos del país o del
extranjero.- Duración. La sociedad comenzará a regir a partir de la fecha de la presente escritura
y tendrá duración indefinida.-Objeto. La sociedad tiene por objeto el desarrollo de las siguientes
actividades: Uno) La creación, fabricación, desarrollo, aplicación, importación, exportación,
comercialización, mantenimiento, actualización, explotación, instalación y representación de
hardware, software financieros y servicios relacionados. Dos) Representación de empresas de
tecnologías, importación, exportación, distribución, compra y venta y cualquier otro acto de
comercio relacionado con software y hardware, como son proyectos informáticos y soluciones de
software, hardware informático, licencias de software, equipamiento, etcétera. Comisionista por
venta de proyectos informáticos, servicios de ingeniería. Tres) En general, todas las demás
actividades que los socios de común acuerdo determinen y que sean conducentes al
cumplimiento del objeto social. Administración y representación. Se designa como administrador
de la sociedad a don EDGARDO ALFONSO GUTIERREZ MAHUZIER, con todas las
facultades propias de un factor de comercio y todas aquellas que expresamente le otorgue la
Junta de accionistas, además de las que le señale la ley y estatutos. Capital. El capital de la
sociedad es la suma de cuarenta y ocho millones de pesos, dividido en doscientas acciones
nominativas, de única serie, sin valor nominal; que se suscribe y paga de la siguiente forma: a)
don EDGARDO ALFONSO GUTIERREZ MAHUZIER suscribe setenta y cinco acciones,
equivalentes a dieciocho millones de pesos de los cuales paga, y entera en dinero efectivo en este
acto, la suma de doce millones de pesos, ya ingresados en caja social y el saldo de seis millones
de pesos lo pagará en un período máximo de tres años a contar de esta fecha; b) don GABRIEL
EDUARDO CIFUENTES GUERRA, suscribe setenta y cinco acciones, equivalentes a dieciocho
millones de pesos, los cuales pagará en un período máximo de tres años a contar de esta fecha, y
c) don RODRIGO FELIPE URQUIETA SOTO, suscribe cincuenta acciones, equivalentes a doce
millones de pesos, de los cuales paga, y entera en dinero efectivo en este acto, la suma de ocho
millones de pesos, ya ingresados en caja social y el saldo de cuatro millones de pesos lo pagará
en un período máximo de tres años a contar de esta fecha. Demás estipulaciones constan en
escritura extractada. Santiago, a 13 de Mayo de 2021.-

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