Las claves del impuesto a la venta de bienes raíces y a las ganancias por sobre las 8 mil UF - 11 de Junio de 2015 - El Mercurio - Noticias - VLEX 573493394

Las claves del impuesto a la venta de bienes raíces y a las ganancias por sobre las 8 mil UF

Este gravamen ha generado debate en el sector inmobiliario, parlamentario y entre especialistas tributarios. A continuación, las principales preguntas y respuestas para entenderlo.

¿Cuál es el objetivo, según inmobiliarios?

El gerente de Estudios de la Cámara Chilena de la Construcción (CChC), Javier Hurtado, señaló que este nuevo impuesto es un mecanismo con el que el fisco busca capturar la plusvalía de los terrenos, la que se logra, por ejemplo, a través de cambios de normativas cuando se pasa un área de rural a urbana.

El director ejecutivo de la Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios (ADI), Vicente Domínguez, coincidió en que el Estado busca recuperar plusvalías generadas -entre otros- por obras públicas realizadas. Afirmó que esto no sería "válido", porque el fisco recupera las plusvalías a través del cobro de contribuciones.

Hurtado afirmó, de todos modos, que este gravamen no afectará a la gran mayoría de los dueños de viviendas, ya que el 85% de las unidades cuestan menos de cuatro mil UF, y difícilmente alguien podría obtener una ganancia de ocho mil UF con una sola venta.

¿Afecta a las empresas?

El impuesto y la posibilidad de no tributar las ventas que generen ganancias de hasta ocho mil UF afectan solo a personas naturales con domicilio y residencia en Chile. Las empresas, en tanto, deben cancelar el impuesto de primera categoría por la utilidad de sus operaciones registradas en sus balances, comentó el abogado y socio de Moraga y Cía., Álvaro Moraga.

¿Solo viviendas o también terrenos?

La norma hace referencia a bienes raíces, por lo que incluye las viviendas, terrenos y propiedades comerciales, "en la medida en que ellas consten inscritas a nombre del titular que las enajena", señaló el abogado asesor de RSM Chile Auditores, Cristián González.

¿Qué ocurre con los bienes heredados?

No se heredan las ganancias por venta de propiedades del anterior dueño. "En caso de fallecimiento, opera el impuesto de herencia, que tiene reglas propias y en el que la tasa va desde 0% a 25%, dependiendo del valor de todo lo heredado", explicó Álvaro Moraga.

¿Cómo actúa en el caso de una propiedad con varios dueños?

Si una vivienda o terreno es comprado por un matrimonio, por ejemplo, en porcentajes del 70% y 30% (marido y mujer, respectivamente), la exención hasta las ocho mil UF operará de forma proporcional a la ganancia obtenida. Por ejemplo, si la utilidad es de mil UF, 300 UF quedarán registradas en la cuenta de la mujer y 700 UF en la...

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