CLAUSSEN Y VELASCO S.A. 76.882.104-6 - 19 de Enero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 919050123

CLAUSSEN Y VELASCO S.A. 76.882.104-6

Fecha de publicación19 Enero 2023
Número de registroCVE-2256001
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.455
CVE 2256001 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.455 | Jueves 19 de Enero de 2023 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2256001
EXTRACTO
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, chilena, casada, abogado, cédula de identidad y
Rol Único Tributario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion
dos, Notario Público Titular de la trigésimo octava Notaría de esta ciudad, con domicilio en calle
Miraflores número ciento setenta y ocho, quinto piso, certifica que: Por escritura pública de
fecha 30 de diciembre de 2022, Repertorio 75.989-2022, otorgada ante mí, se redujo a escritura
pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas sobre transformación de Sociedad
Anónima A Sociedad De Responsabilidad Limitada de la sociedad “Claussen Y Velasco S.A.”
(ahora “Claussen Y Velasco Limitada”), inscrita a fojas 36.506, N° 19.225 del Registro de
Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2018, (en
adelante, la “Sociedad”), celebrada con fecha 30 de diciembre de 2022, con la asistencia del
100% de los accionistas y de la notario que autoriza. La Junta por unanimidad acordó entre otras
materias: A) Primer Acuerdo: Aprobar la transformación de la naturaleza jurídica de la sociedad,
actualmente anónima cerrada, en sociedad civil de responsabilidad limitada, al tenor de lo
prescrito en el artículo noventa y siete de la ley número dieciocho mil cuarenta y seis. La
sociedad, transformada en sociedad civil de responsabilidad limitada, se regirá por las
disposiciones del estatuto de cuyo tenor se dio lectura, y cuya aprobación es objeto del punto
siguiente; B) Segundo Acuerdo: Aprobar los estatutos de la sociedad Claussen y Velasco
Limitada, el cual contemplan las modificaciones ya acordadas por los socios y las demás que
ellos estiman conveniente introducir, con expresa declaración que se incorporarán a esta
sociedad, de pleno derecho, todos los accionistas de la sociedad anónima transformada, en
calidad de socios. Domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que se puedan establecer
agencias o sucursales en otros puntos del país. OBJETO: El objeto de la sociedad será la
prestación de servicios profesionales en todo el ámbito de la abogacía y asesorías jurídicas en
general. CAPITAL: El capital social es la suma de $10.000.000 de pesos, el cual ha sido
aportado y totalmente pagado por los socios en la siguiente forma y proporciones: Uno) Don
Carlos Claussen Calvo ha aportado la suma de $5.000.000 de pesos en dinero efectivo, que
ingresaron a la caja social; Dos) El socio don Felipe Velasco Silva ha aportado la suma de
$5.000.000 pesos en dinero efectivo, que ingresaron a la caja social. Todos estos aportes se
encuentran íntegramente pagados, por lo que se otorgan las pertinentes cancelaciones. Los
aportes señalados en los precedentes números uno) y dos) corresponden al valor de las
respectivas acciones en que se divide el capital social de la sociedad anónima cerrada
“CLAUSSEN Y VELASCO S.A.” -sucesora de la sociedad “CLAUSSEN Y VELASCO
LIMITADA”- de que eran titulares los mismos comparecientes, que por este mismo instrumento
han modificado y transformado en sociedad de responsabilidad limitada, aportes que de tal modo
se encuentran íntegramente realizados, pues corresponden a las acciones íntegramente suscritas y
pagadas por los comparecientes en sus antiguas calidades de accionistas de la sociedad anónima
original, transformada a sociedad de responsabilidad limitada. De este modo, los otorgantes del
pacto social han aportado íntegramente el capital de la compañía, en razón de lo cual se otorgan
mutuo y recíproco finiquito sobre el particular. No obstante de tratarse en este caso de una
transformación de sociedad anónima cerrada en una de responsabilidad limitada, por vía de
modificación de estatutos, sociedad que mantiene su misma personalidad jurídica, con el fin de
despejar toda duda, don CARLOS CLAUSSEN CALVO, chileno, casado, abogado, cédula de
identidad número 8.426.725-2; y don FELIPE BELISARIO VELASCO SILVA, chileno, casado,
abogado, cédula nacional de identidad número 8.457.307-8, ambos domiciliados en Avenida Los
Conquistadores número 1.700, Torre Santa María, oficina 9 A, Providencia, Santiago, únicos
socios de la sociedad de responsabilidad limitada a la cual se ha transformado la sociedad
anónima en virtud de este instrumento, y aquellos mismos como únicos accionistas de ésta,
declaran que se encuentra aportado y es de dominio de la sociedad CLAUSSEN Y VELASCO
LIMITADA todo el patrimonio, activo y pasivo de la sociedad anónima cerrada CLAUSSEN Y

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