Decisión nº C1095-15, de Consejo de Transparencia de 27 de Agosto de 2015
Fecha de Resolución | 27 de Agosto de 2015 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Orden y Seguridad Interior |
DECISIÓN AMPARO ROL C1095-15
Entidad pública: Gendarmería de Chile
Requirente: Claudio Fernando Celsi Carrasco
Ingreso Consejo: 18.05.2015
En sesión ordinaria N° 643 del Consejo Directivo, celebrada el 27 de agosto de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1095-15.
VISTOS:
Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) SOLICITUD DE ACCESO: El 28 de marzo de 2015, don Claudio Fernando Celsi Carrasco solicitó a Gendarmería de Chile "documento que le envió el Sr. Director Nacional de Gendarmería al Sr. Director Regional de Valparaíso de Gendarmería, el día 19/01/2015, en donde el reabre mi caso de malos tratos por parte de funcionarios de la C.P.V. en contra de mi persona, dándome un plazo sólo de un día para poder ir a declarar a la C.P.V ante el Sr. Investigador don Marcelo Aguirre Sepúlveda, Teniente Primero de Gendarmería, avisándome el 19/01/2015 que sólo tengo para mañana 20/01/2015 para presentarme en la C.P.V.".
2) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: El 18 de mayo de 2015, don Claudio Fernando Celsi Carrasco dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en que no recibió respuesta a su solicitud.
3) DESCARGOS U OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de esta Corporación acordó admitir a...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba