Decisión nº C519-14, de Consejo de Transparencia de 21 de Marzo de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544596282

Decisión nº C519-14, de Consejo de Transparencia de 21 de Marzo de 2014

Fecha de Resolución21 de Marzo de 2014
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaAdministración y Logística
TemaEconomía y Finanzas

DECISIÓN AMPARO ROL C519-14

Entidad pública: Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF).

Requirente: Claudia Saavedra Rojas.

Ingreso Consejo: 14.03.2014.

En sesión ordinaria N° 509 de su Consejo Directivo, celebrada el 21 de marzo de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C519-14.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 17 de febrero de 2014, doña Claudia Saavedra Rojas realizó una presentación a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, a través de la cual, en general, requirió en el marco de una investigación científica referida a política pública de participación ciudadana en la gestión pública, responder un cuestionario de 99 consultas relativas a dicha materia.

2) Que, con fecha 14 de marzo de 2014, la SBIF responde a la Sra. Saavedra que la materia consultada no se encuentra cubierta por el artículo 5° de la Ley de Transparencia. Sin perjuicio de lo anterior, la SBIF definió a través de la Resolución N° 215, de 16 de agosto de 2011 las modalidades de participación ciudadana en la gestión pública, la que puede encontrar en el link que especifica.

3) Que, con fecha 14 de marzo de 2014, doña Claudia Saavedra...

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