Oficio nº 019131 de 19 de Marzo de 2008, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Código Civil; D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud)
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- Ha recurrido a esta Superintendencia don , funcionario del Ministerio de Obras Públicas, reclamando en contra de las resoluciones adoptadas por esa Subcomisión, referida a licencias médicas rechazadas por la ISAPRE a contar del 24 de febrero de 2007.
Los reclamos están referidos a:
Resolución N° 1718, de 3 de agosto de 2007, mediante la cual esa Subcomisión le rechazó por presentación del recurso de apelación fuera de plazo, relativa a varias licencias médicas que le otorgaron reposo entre el 24 de febrero y el 7 de junio de 2007, que la ISAPRE no le autorizó por considerar que el reposo era excesivo y presentación al empleador fuera de plazo en el caso de una de ellas.
Resolución N° 6485, de 24 de octubre de 2007, que rechaza apelación por presentación fuera de plazo, referida a licencias médicas que comprenden del 8 de junio al 5 de octubre de 2007.
Resolución N° 2688, de 16 de noviembre de 2007, que confirmó rechazo de licencia por 15 días contar del 6 de octubre de 2007, por considerar que no se justifican médicamente.
Resolución N° 8538/07, de 14 de diciembre de 2007, que confirmó rechazo de licencia médica N° 20111885, por 15 días a contar del 21 de octubre de 2007, por considerar que no se justifican médicamente.
Ordinario N° 2872, de 12 de diciembre de 2007, que confirmó rechazo de licencia médica N° 20539291, por 15 días a contar del 5 de noviembre de 2007, por no justificarse médicamente.
Resolución N° 120, de 14 de enero de 2008, que confirma rechazo de licencias médicas que abarcan del el 20 de noviembre al 19 de diciembre de 2007, por no justificarse médicamente.
Ordinario N° 317, de 5 de febrero de 2008, que confirma rechazo de licencia médica N° 20715452, por 15 días a contar del 20 de diciembre de 2007, por no justificarse médicamente.
Ordinario N° 444, de 29 de febrero de 2008, que confirma rechazo de las licencias médicas N°s 20726924 y 20733734, por 15 días cada una, a contar del 2 y 19 de enero de 2008, respectivamente, por no justificarse médicamente.
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- Solicitado informe a esa Subcomisión, señaló que rechazó una apelación del interesado por presentación fuera de plazo, indicando los números de las licencias médicas incluidas en la Resolución N° 1718, de 3 de agosto de 2007, que abarcan del 24 de febrero al 7 de junio de 2007.
No informó respecto de apelaciones por las licencias médicas posteriores.
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- Solicitado informe al Departamento Médico de este Organismo ha...
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