Circular núm. 9426, publicada el 26 de Octubre de 2016. PROHÍBE TRANSITORIAMENTE LA COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS 'LÁMPARAS LED', MARCA RAINBOW WALKER, MODELO RW-399 - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 651873241

Circular núm. 9426, publicada el 26 de Octubre de 2016. PROHÍBE TRANSITORIAMENTE LA COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS 'LÁMPARAS LED', MARCA RAINBOW WALKER, MODELO RW-399

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyCircular

PROHÍBE TRANSITORIAMENTE LA COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS "LÁMPARAS LED", MARCA RAINBOW WALKER, MODELO RW-399

Núm. 9.426.- Santiago, 21 de julio de 2016.

Ant.:

  1. Ley Nº 18.410, Orgánica de esta Superintendencia.

  2. Alerta Rápida para Productos Peligrosos No Alimenticios Nº A12/0265/16, de fecha 04.03.2016.

  3. Que de acuerdo a lo señalado en el artículo 2º, del Título I, de la ley Nº 18.410, esta Superintendencia tiene por objeto principal fiscalizar que el uso de recursos energéticos no constituyan un peligro para las personas o cosas.

  4. Por otra parte, de acuerdo a los numerales 22º y 34º, del artículo 3º, del Título I, de la ley Nº 18.410, es facultad de esta Superintendencia adoptar las medidas que estime necesarias para la seguridad del público, siendo una de ellas la de impartir instrucciones de carácter general a las entidades sujetas a fiscalización, para efectos de cumplir sus objetivos definidos en el artículo 2º de la misma ley.

  5. Que esta Superintendencia revisó el Sistema de Alerta Rápida para Productos Peligrosos No Alimenticios (RAPEX) de la Comisión Europea, detectando que existe una Alerta referenciada en Ant. 2, donde señala que el producto individualizado en la siguiente Tabla, presenta un riesgo grave de choque eléctrico, debido a que la parte superior metálica de la lámpara podría generar arco eléctrico y la lámpara puede llegar a tener fácilmente acceso a partes activas internas. El producto no cumple con los requisitos de la norma IEC 62560 "Lámparas LED con balasto incorporado para servicios generales de iluminación de voltaje > 50 V - Especificaciones de Seguridad".

  6. Que vistos los antecedentes de la Alerta de Seguridad del RAPEX de la Comisión Europea, sobre la falla que se puede producir en los productos individualizados en la Tabla Nº 1 del presente oficio, existe un riesgo grave para la seguridad de los usuarios que requiere ser tratado mediante la adopción de medidas rápidas y efectivas como es la de prohibir...

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