Circular N° 929 - Normativa - VLEX 698362525

Circular N° 929

Fecha13 Mayo 1996
EmisorSuperintendencia de Pensiones
SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS
DE FONDOS DE PENSIONES
CIRCULAR N° 929
INFORMES DIARIOS QUE DEBEN PRESENTAR LAS ADMINISTRADORAS. MODIFICA
CIRCULAR N° 478.
VISTOS: Las facultades que confiere la Ley a esta Superintendencia, se imparten las siguientes
instrucciones de cumplimiento obligatorio, para todas las Administradoras de Fondos de Pensiones.
I. INTRODUCENSE LAS SIGUIENTES MODIFICACIONES A LA CIRCULAR N° 478.
A. Modificaciones a la letra A
Reemplázanse los números 1 y 3 de la letra A, por los siguientes:
"1. El Informe Diario está compuesto básicamente por un conjunto de datos codificados
que deberán ser proporcionados a esta entidad Fiscalizadora, a través de los
siguientes formularios, cuyos formatos se adjuntan como ANEXO a esta Circular:
Formulario D-1 : Información General.
Formulario D-2.1 : Cartera del Fondo: Saldos diarios en cuentas
corrientes tipo 2.
Formulario D-2.2 : Movimientos diarios de la cartera del Fondo:
Instrumentos nacionales.
Formulario D-2.3 : Cartera del Fondo: Saldos diarios en cuentas
corrientes tipo 3.
Formulario D-2.4 : Movimientos diarios de la cartera del Fondo:
Instrumentos emitidos en el extranjero.
2
Formulario D-2.5 : Movimientos diarios de la cartera del Fondo:
Contratos de Opciones, Futuros y Forwards
nacionales en monedas.
Formulario D-2.6 : Movimientos diarios de la cartera del Fondo:
Contratos de Opciones, Futuros y Forwards en el
extranjero.
Formulario D-3.1 : Movimientos diarios de custodia de la cartera de
inversiones del Fondo. Instrumentos nacionales.
Formulario D-4.1 : Ingresos diarios en Bonos de Reconocimiento.
Formulario DM-2.1 : Modificaciones a los movimientos diarios de la
cartera del Fondo: Saldos diarios en cuentas
corrientes tipo 2.
Formulario DM-2.2 : Modificaciones a los movimientos diarios de la
cartera del Fondo: Instrumentos nacionales
Formulario DM-2.3 : Modificaciones a los movimientos diarios de la
cartera del Fondo: Saldos diarios en cuentas
corrientes tipo 3.
Formulario DM-2.4 : Modificaciones a los movimientos diarios de la
cartera del Fondo: Instrumentos emitidos en el
extranjero.
Formulario DM-2.5 : Modificaciones a los movimientos diarios de la
cartera del Fondo: Contratos de Opciones, Futuros y
Forwards nacionales en monedas.
Formulario DM-2.6 : Modificaciones a los movimientos diarios de la
cartera del Fondo: Contratos de Opciones, Futuros y
Forwards en el extranjero.
Formulario DM-3.1 : Modificaciones a los movimientos diarios de custodia
de la cartera de inversiones del Fondo. Instrumentos
nacionales."
3
"3. El Informe Diario deberá confeccionarse en el mismo formato establecido para cada
formulario y ajustarse estrictamente a las instrucciones que se detallan en esta
Circular.
Sin perjuicio de lo anterior, en el Informe Diario se deberán incluir siempre los
formularios D-1, D-2.1, D-2.2 y D-3.1 indicados en el número 1 anterior,
independientemente de si existen movimientos o no en estos formularios. Por otra
parte el resto de los formularios indicados en el número 1 anterior sólo deberán
incluirse si existen movimientos en ellos, con excepción del formulario D-2.3, el cual
deberá ser incluido siempre a partir de la fecha en que se abra la primera cuenta
corriente Tipo 3".
B. Modificaciones a la letra C.
Sustitúyese el quinto párrafo del ítem 1.8, Notas Explicativas, por el siguiente:
"Por otra parte, en la sección 2 de esta Nota, "Comentarios", deberá
informarse para las inversiones que se efectúen en el extranjero bajo la
modalidad señalada en la letra a) del artículo 11, del Reglamento de
inversión de los Fondos de Pensiones en el extranjero, para la aplicación de
la letra l) del artículo 45 del D.L. N° 3.500, de 1980, el nombre de los agentes
intermediarios con quienes se operó y el monto transado con cada uno de
ellos, así como también la entidad en que fueron ingresados a custodia los
títulos. En el caso de transacciones bajo la modalidad señalada en la letra b)
del artículo 11 del citado reglamento, deberá también indicarse la entidad en
que ingresarán a custodia los títulos".
C. Reemplázase la letra E por la siguiente:
"E. INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL FORMULARIO D-2.2:
MOVIMIENTOS DIARIOS DE LA CARTERA DEL FONDO:
INSTRUMENTOS NACIONALES
E.1 Instrucciones Generales
a) El encabezamiento de cada hoja de este formulario, debe ser llenado
siguiendo las mismas instrucciones señaladas en el punto D.1 de esta
Circular.
b) En el caso de que en el formulario se indique totalizar alguna columna, se
debe anotar la suma algebraica de las cantidades informadas en esa columna,

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