Circular N° 807
Fecha | 23 Diciembre 1993 |
Emisor | Superintendencia de Pensiones |
Superintendencia de Administradoras
de Fondos de Pensiones
CIRCULAR N° 807
VISTOS : Las facultades que confiere la ley a esta Superintendencia, se imparten las siguientes
instrucciones de cumplimiento obligatorio para todas las Administradoras de Fondos
de Pensiones.
REF.: Modifica Circular N°801 sobre transmisión de datos. Prorroga entrada en vigencia y
sustituye páginas de los Anexos.
- INTRODUCENSE LAS SIGUIENTES MODIFICACIONES A LA CIRCULAR N°801:
1) Reemplázase el N°7 por lo siguiente:
"7.- La presente Circular entrará en vigencia el día 1 de febrero de 1994".
2) En el Anexo N°1, reemplázanse las páginas N°s 2, 13, 14, 16, 17, 20 y 21 por las que se
adjuntan a la presente Circular, singularizadas con idéntica numeración.
3) En el Anexo N°2, reemplázanse las páginas N°s 3, 9, 17, 18, 19, 20, 21, 25 y 26 por las que
se adjuntan a la presente Circular, singularizadas con idéntica numeración.
JULIO BUSTAMANTE JERALDO
Superintendente de A.F.P.
SANTIAGO, 23 de DICIEMBRE de 1993.
Anexo Nº 1
Especificaciones para la recepción y envío de archivos
desde Computadores Multiusuarios Unix
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