Circular N° 769
Fecha | 03 Mayo 1993 |
Emisor | Superintendencia de Pensiones |
Superintendencia de Administradoras
de Fondos de Pensiones
CIRCULAR Nº 769
VISTOS : Las facultades que confiere la ley a esta Superintendencia, se imparten las siguientes
instrucciones de cumplimiento obligatorio para todas las Administradoras de Fondos de Pensiones.
REF.: Estadística de Afiliados y Cotizantes. Modifica Circular Nº 558.
1. Introdúcense las siguientes modificaciones a la Circular Nº 558:
a) Reemplázase el Nº 3 de la Segunda Parte del Índice por los siguientes números 3 y 4.
"3. Anexo Nº 3
ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL INFORME ESTADISTICO TRIMESTRAL
DE AFILIADOS Y COTIZANTES
3.1.1 DESCRIPCION DE ARCHIVOS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS 4
3.1.2. DEFINICIONES DE ITEMS Y RANGOS 18
4. Anexo Nº 4
ESPECIFICACIONES PARA EL ENVIO DEL INFORME ESTADISTICO
TRIMESTRAL
I. ESPECIFICACIONES PARA EL ENVIO DE ARCHIVOS DESDE COMP
U
II. ESPECIFICACIONES PARA EL ENVIO DE ARCHIVOS DESDE
COMPUTADORES PERSONALES MS-DOS 6"
Superintendencia de Administradoras
de Fondos de Pensiones
b) Reemplázase el punto 1.2.2 por el siguiente:
"1.2.2. La información deberá enviarse en idéntico formato al que se establece para cada tipo
de información requerida, de acuerdo a las especificaciones técnicas que se entregan en el
Anexo Nº 3, y transmitirse según las instrucciones que se detallan en el Anexo Nº 4."
c) Reemplázase el punto 1.2.3. por el siguiente:
"Toda la información requerida deberá estar expresada en cifras enteras, aproximadas al
entero mayor cuando el primer decimal sea igual o superior a 5."
d) Reemplázase el Anexo N° 3 por el que se adjunta.
e) Incorpórase el Anexo N° 4 que se adjunta.
2. Las modificaciones que esta Circular introduce a la N° 558 entrarán en vigencia el día 03 de
mayo de 1993.
JULIO BUSTAMANTE JERALDO
SUPERINTENDENTE
SANTIAGO, Abril 29 de 1993.
Anexo N° 3
Especificaciones Técnicas del Informe
Estadístico Trimestral
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