Circular N° 554 - Normativa - VLEX 698360605

Circular N° 554

Fecha03 Noviembre 1988
EmisorSuperintendencia de Pensiones
Superintendencia de Administradoras
de Fondos de Pensiones
CIRCULAR N° 554
VISTOS: Las facultades que confiere la ley a esta Superintendencia, se imparten las siguientes
instrucciones de cumplimiento obligatorio para todas las Administradoras de Fondos de Pensiones.
REF.: INVERSIONES DEL FONDO DE PENSIONES Y DEL ENCAJE EN
INSTRUMENTOS FINANCIEROS: MODIFICA Y ACTUALIZA CIRCULAR No.
412.
1. Modificase la letra b del número 1 de la letra L, por la siguiente:
b) A lo menos el 40% del monto nominal de una emisión deberá estar conformado por
cortes no superiores al equivalente a 5.000 UF. Con todo, el valor nominal de cada
corte no podrá exceder el equivalente a 10.000 UF.".
2. La norma precedente comenzará a regir de inmediato.
3. Con el propósito de mantener actualizada la Circular No. 412, se adjunta la hoja de
reemplazo correspondiente.
JUAN ARIZTIA MATTE
Superintendente
Santiago, 3 de Noviembre de 1988.

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