Circular N° 433 - Normativa - VLEX 698363497

Circular N° 433

Fecha27 Mayo 1987
EmisorSuperintendencia de Pensiones
SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS
DE FONDOS DE PENSIONES
CIRCULAR N° 433
VISTOS. : Las facultades que confiere la Ley a esta Superintendencia, se imparten las siguientes
instrucciones de cumplimiento obligatorio para todas las Administradoras de Fondos de Pensiones.
REF.: LIMITES DE INVERSION DE LOS FONDOS DE PENSIONES EN INSTRUMENTOS
EMITIDOS POR INSTITUCIONES FINANCIERAS Y EMPRESAS: MODIFICA
CIRCULARES N1s. 427 y 416.
1.- Se adjuntan a la presente Circular los anexos N1s. 1, 2, 3 y 4 en los que se señalan,
respectivamente, el valor deL patrimonio de cada una de las instituciones financieras al 31 de
Enero de 1987, el monto de obligaciones por letras de crédito de las instituciones financieras
a igual fecha, capital contable neto consolidado de empresas al 31 de Diciembre de 1986 y la
proporción que representa el valor de cada Fondo de Pensiones al 30 de Abril de 1987.
2.- Los antecedentes a que se refiere el número anterior deben utilizar se para calcular los
límites de inversión de los Fondos de Pensiones y reemplazan los señalados en las Circulares
N1s. 427 y 416 .
JUAN ARIZTIA MATTE
Superintendente de A.F.P.
Santiago, 27 de MAYO de 1987

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