Circular N° 01, Departamento de Operación Renta, de 2 de Enero de 2002
CIRCULAR N°01 DEL 02 DE ENERO DEL 2002 MATERIA : ESPECIFICA APLICACIÓN DE MULTAS A DECLARACIONES JURADAS PRESENTADAS FUERA DEL PLAZO.
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- Por la presente Circular se especifican las sanciones a aplicar a aquellas declaraciones juradas presentadas fuera del plazo detalladas en las letras a) y b) del punto 3.2) de la Circular Nro. 97 del 24 de diciembre del 2001, las que además deberán ser utilizadas para determinar la forma de calcular las multas a partir de la fecha de promulgación de esta Circular respecto de aquellas declaraciones juradas del Año Tributario 2001 presentadas fuera del plazo y que se encuentren aún pendientes de dicho cálculo.
2.- Sanciones para las Declaraciones Juradas presentadas Fuera del Plazo
Las declaraciones juradas presentadas fuera del plazo legal para el año tributario 2002 serán sancionadas con las multas que se indican en las tablas siguientes:
Letra a) del punto 3.2), para las Declaraciones Juradas Presentadas en Papel y no a través de INTERNET las multas se aplicarán dependiendo del número de personas informadas fluctuando, por lo tanto, entre los tramos que se indica:
PLAZO LEGAL PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN JURADA PRIMITIVA (U ORIGINAL) | TIPO DE DECLARACIÓN | MULTA EN UTM 1-25 casos = 1,0 26-99 casos = 1,5 100 y más = 2,5 SI PRESENTA LA DECLARACIÓN PRIMITIVA | MULTA EN UTM 1-25 casos = 2,0 26-99 casos = 3,0 100 y más = 5,0 SI PRESENTA LA DECLARACIÓN PRIMITIVA | MULTA EN UTM 1-25 casos = 4,0 26-99 casos = 6,0 100 y más = 10,0 SI PRESENTA LA DECLARACIÓN PRIMITIVA |
Hasta el 14 de marzo |
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