Circular del Banco Central de Chile, 22 julio 2003
Fecha de publicación | 22 Julio 2003 |
Año | 2003 |
Número de circular | 1 |
Prosecretaría
C E R T I F I C A D O
Certifico que el Banco Central de Chile ha resuelto efectuar las siguientes
modificaciones en los Capítulos que se indican del Manual de Procedimientos y Formularios de
Información del Compendio de Normas de Cambios Internacionales, las que se harán efectivas
a contar del 1 de agosto de 2003:
CAPÍTULO I
-En el numeral 3.2, se elimina la parte final del segundo párrafo que dice: “Esto también
será aplicable para los flujos provenientes de operaciones de comercio exterior, retornos
(código 10400) y coberturas (código 20500), correspondientes a Documentos Unicos de
Salida, Informes de Variación del Valor (IVV) o Declaraciones de Ingreso cuyo valor
F.O.B. sea de hasta 10.000 dólares.”
-Se elimina el numeral 6.3.
-En el numeral 6.4 que pasa a denominarse 6.3, donde dice “Liquidación de Divisas
informadas previamente”, debe decir “Divisas informadas previamente”.
-El numeral 6.5 que pasa a denominarse 6.4, donde dice “Venta de Divisas para Futuras
Transferencias”, debe decir “Egresos para futuras transferencias o para pagos directos
en el exterior”.
Anexo N° 1 Códigos de Operaciones de Cambios Internacionales
Ingresos
-En el Código 10050, se reemplaza la glosa por la siguiente: “Ingresos de Agencias de
Valores, Corredoras de Bolsa, Bancos de Inversión y otros similares”.
En el Código 10075, se reemplaza la glosa por la siguiente: “Liquidación de Depósitos en
moneda extranjera”.
-En el Código 10090, se elimina la expresión: “Liquidación de”.
-Se crea el Código 10480 y su glosa: “Ingresos por intermediación y por otras actividades
de comercio exterior”.
-En el Código 10570, se reemplaza la glosa por la siguiente: “Comisiones por actividades
de Comercio Exterior”.
Egresos
-En el Código 20050, se reemplaza la glosa por la siguiente: “Egresos de Agencias de
Valores, Corredoras de Bolsa, Bancos de Inversión y otros similares”.
-En el Código 20075, se elimina de su glosa la expresión: “Recuperación de liquidación”.
-En el Código 20090, se reemplaza la glosa por la siguiente: “Egresos para futuras
transferencias o para pagos directos en el exterior”
-En el Código 20470, se reemplaza la glosa por la siguiente: “Comisiones por actividades
de Comercio Exterior”,
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