Circular Nº 797 del Banco Central de Chile, 24 noviembre 2003 - Normativa - VLEX 915694187

Circular Nº 797 del Banco Central de Chile, 24 noviembre 2003

Fecha de publicación24 Noviembre 2003
Año2003
Número de circular797
Santiago, 19 de noviembre de 2003
CIRCULAR N° 797
Modifica Manual de Procedimientos y
Formularios de Información del Compendio de
Normas de Cambios Internacionales.
Señor Gerente:
Me permito comunicar a usted que se ha resuelto
efectuar las siguientes modificaciones en el Manual de Procedimientos y Formularios de
Información del Compendio de Normas de Cambios Internacionales:
-En el Capítulo I, se elimina la referencia del destino de las divisas, en el código de
cambios para informar los “Egresos para futuras transferencias o para pagos directos en
el exterior”.
-Se informa que los datos contenidos en los formularios de los Anexos de los Capítulos VII
y VIII correspondientes al “Informe Trimestral de Operaciones de Cambios Internacionales
efectuadas por las Compañías de Seguros y Reaseguros establecidas en Chile”,
Operaciones de Cambios Internacionales efectuadas por las Empresas Marítimas y
Aéreas que realizan transporte de Carga y Pasajeros” y “Operaciones de Cambios
Internacionales realizadas con Tarjetas de Crédito y Débito” pueden ser enviados al
Banco Central de Chile por Internet.
-Se introducen nuevos códigos de identificación de instrumentos en el Capítulo IX, para
operaciones Fx Swap, Cross Currency Swap (Capital) y Cross Currency Swap (Intereses);
se incorpora el procedimiento para informar operaciones de derivados en cuyo precio se
indique como precio pactado, la referencia no numérica, “Dólar Observado”, y se realizan
otros perfeccionamientos de carácter menor.
En consideración a lo anterior, se modifican los
Capítulos que se indican en los términos que se señalan:
Capítulo I En la hoja 24 del Anexo N° 2, en la denominación del código
20090, se elimina la expresión: “Se deberá indicar en el campo
“Observaciones” de la Planilla, a modo de referencia, el probable
destino que se les dará a las divisas.”
AL SEÑOR
GERENTE DEL BANCO
PRESENTE
2.-
Capítulo VII En la hoja 2 del Anexo N° 1, Número I, INSTRUCCIONES
GENERALES, intercalar como tercer párrafo lo siguiente: “Las
obligaciones de informar que se señalan en este Capítulo podrán
ser cumplidas, completando debidamente el correspondiente
formulario, a través de INTERNET (http://www.bcentral.cl)”.
Capítulo VIII a) En el Anexo N° 1 agregar como N° 3. el siguiente texto “Las
obligaciones de informar los formularios contenidos en los
Anexos 1.1 y 1.2 siguientes, podrán cumplirse a través de
INTERNET (http://www.bcentral.cl)”.
b) En el Anexo N° 2 agregar como N° 3. el siguiente texto “La
obligación de informar el formulario contenido en el Anexo 2.1
siguiente, podrá cumplirse a través de INTERNET
(http://www.bcentral.cl)”.
Capítulo IX y sus Anexos: Se reemplaza.
Como consecuencia de lo anterior, se
reemplazan las hojas que se indican del Manual de Procedimientos y Formularios de
Información del Compendio de Normas de Cambios Internacionales, por las que se
acompañan a la presente Circular:
Capítulo I -Anexo 2 :Hoja N° 24.
Capítulo VII -Anexo 1 :Hoja N° 2.
Capítulo VIII -Anexo 1 :Hoja N° 1.
Capítulo VIII -Anexo 2 :Hoja N° 1.
Capítulo IX y sus Anexos :Se reemplazan completos.
Saluda atentamente a usted,
Incl.: lo citado

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