Circular Nº 727 del Banco Central de Chile, 16 octubre 2000 - Normativa - VLEX 915695450

Circular Nº 727 del Banco Central de Chile, 16 octubre 2000

Fecha de publicación16 Octubre 2000
Año2000
Número de circular727
Prosecretaría
lcp Santiago, 16 de octubre de 2000
CIRCULAR N° 727
Modifica Compendio de Normas de Cambios
Internacionales.
_________________________________________
ACUERDO N° 868-06-001012
Señor Gerente:
Me permito comunicarle que el Consejo del Banco
Central de Chile en su Sesión N° 868, celebrada el 12 de octubre de 2000, acordó efectuar las
siguientes modificaciones en los Capítulos que se indican del Compendio de Normas de
Cambios Internacionales:
TITULO I
Capítulo II
1. Reemplazar el número 12 de la letra A por el siguiente:
12. Créditos externos a que se refiere el Capítulo VI del Título II de este Compendio.”
2. Eliminar el número 16 de la letra A.
Capítulo III
-En el primer párrafo del número 2 de la letra A) eliminar la expresión 16,”.
Capítulo XI
1. Incorporar al Código 15.25.28 Transacciones Varias, el siguiente concepto:
154 Liquidación de divisas percibidas por concepto de colocaciones comerciales en
moneda extranjera en el mercado local”.
2. Incorporar al Código 25.27.27, Egresos Extraordinarios, el siguiente concepto:
102 Pago de colocaciones comerciales en moneda extranjera en el mercado local”.
AL SEÑOR
GERENTE DEL
PRESENTE
2.-
3. Se incorporan los siguientes Códigos de Ingreso:
Nº Código Nº Concepto Denominación de código de comercio y concepto
16.17.05 011 Liquidación de divisas provenientes de colocaciones
en el exterior de letras de crédito en moneda
extranjera.
16.40.03 017 Liquidación de divisas efectuadas por empresas
bancarias, producto de la venta de cartera en moneda
extranjera al exterior, distinta a la constituida por
créditos registrados en el Banco Central de Chile al
amparo del Capítulo XIV del Título I del CNCI.
16.41.00 012 Liquidación de divisas efectuadas por empresas
bancarias, producto de la venta de créditos registrados
en el Banco Central de Chile al amparo del Capítulo
XIV del Título I del CNCI.”
4. Se incorporan los siguientes Códigos de Egreso:
Nº Código Nº Concepto Denominación de código de comercio y concepto
26.40.08 015 Adquisición de divisas para la compra de créditos en
moneda extranjera, registrados en el Banco Central de
Chile al amparo del Capítulo XIV del Título I del CNCI.
26.41.05 010 Adquisición de divisas para la compra de créditos en
moneda extranjera otorgados en el mercado local.
26.17.0K 01K Adquisición de divisas para el pago de letras de
crédito en moneda extranjera.”
Capítulo XII
-Reemplazar el último párrafo del punto I de la letra C por el siguiente:
Las disposiciones señaladas en este punto I serán aplicables a las adquisiciones, en el
exterior, que realicen las empresas bancarias establecidas en el país, de bonos y
créditos emitidos y pagaderos en moneda extranjera por el Estado de Chile, sus
instituciones u otras personas naturales o jurídicas con domicilio y residencia en Chile”.
Capítulo XIII
1. Reemplazar el primer párrafo del texto introductorio por el siguiente:
Las obligaciones de pago en divisas al exterior que contraigan las empresas bancarias
establecidas en el país, en adelante las empresas bancarias, con ocasión de las
operaciones de crédito de dinero, en lo sucesivo indistintamente créditos, con
excepción de los obtenidos a través de la emisión de bonos y de certificados de depósito,
que convengan con bancos del exterior, deberán ser informadas al Banco, de
conformidad con lo señalado en el Artículo 40 de la LOC.”

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