Circular IF/N° 392 de Superintendencia de Salud, 08-09-2021
Número de circular | 392 |
Año | 2021 |
Fecha | 08 Septiembre 2021 |
Sección | Aseguradoras |
Emisor | Superintendencia de Salud (Chile) |
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Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud
CIRCULAR IF/N°392
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Santiago, 08 SEP 2021
MODIFICA INSTRUCCIONES SOBRE EL CIERRE DEFINITIVO DE SUCURSALES,
AGENCIAS U OFICINAS DE ATENCIÓN DE PÚBLICO
Esta Intendencia, en ejercicio de las facultades conferidas por la ley, en especial las
contenidas en los artículos 107, 110 y 114, ambos del DFL N°1, de 2005, del Ministerio
de Salud, viene en dictar las siguientes instrucciones de carácter general.
I. OBJETIVO
Fijar las condiciones que deben cumplir las Instituciones de Salud Previsional para
proceder al cierre definitivo de alguna sucursal, agencia u oficina de atención de público,
con el propósito de cautelar el acceso de los beneficiarios a los servicios que
proporcionaba la oficina que se cierra, resguardando que no se vean afectados sus
derechos, y que el costo adicional para los usuarios afectados, tanto en términos
económicos, como de tiempo empleado para acceder a otra oficina, no constituya una
dificultad seria o un impedimento real para el ejercicio de sus derechos.
II. MODIFICA EL COMPENDIO DE NORMAS ADMINISTRATIVAS EN MATERIA DE
PROCEDIMIENTOS, DICTADO POR LA CIRCULAR IF/N°131, DEL 30 DE JULIO DE
2010.
Modifícase, en el Capítulo VI sobre "Procedimientos Operativos de las Isapres", el Título
VII relativo al “Funcionamiento de sucursales, agencias u oficinas de atención de
público”, como se señala a continuación:
1) Reemplázase el numeral 2 del punto I del referido Título VII por el siguiente:
“2. Cierre definitivo de oficinas, sucursales o agencias de atención de público
En el caso de que una isapre pretenda proceder al cierre definitivo de una oficina, deberá
informar a esta Superintendencia, con un mínimo de tres (3) meses de anticipación, su
propósito, debiendo indicar las razones de tal decisión y acompañar los antecedentes
que la justifiquen, señalando además, las oficinas cercanas que tienen capacidad para
absorber la mayor afluencia de público que implicará dicho cierre, demostrando que ha
adoptado las medidas adecuadas para dotarlas de los medios necesarios para otorgar
una atención satisfactoria a los usuarios.
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Texto Refundido
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