Circular IF 3 de Superintendencia de Salud, 29-04-2005 - Normativa - VLEX 914254450

Circular IF 3 de Superintendencia de Salud, 29-04-2005

Año2005
Fecha29 Abril 2005
SecciónAseguradoras
EmisorSuperintendencia de Salud (Chile)
CIRCULAR IF/N°3
SANTIAGO, 29 ABR 2005
IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LOS HECHOS RELEVANTES
QUE DEBEN INFORMAR LAS ISAPRES1
Esta Superintendencia en uso de sus facultades legales, en especial las previstas en el
artículo 44 bis de la Ley N°18.933, imparte las siguientes instrucciones:
I.- INFORMACIÓN SOBRE HECHOS RELEVANTES
La isapre deberá comunicar a esta Superintendencia todo hecho o información
relevante para fines de supervigilancia y control, respecto de ella misma y de sus
operaciones y negocios, dentro del plazo instruido en el punto V de la presente circular,
contado desde el momento que el hecho ocurra o llegue a su conocimiento.
II.- HECHO RELEVANTE
Se entenderá por “Hecho Relevante”, todo evento, circunstancia o antecedente de
ocurrencia no frecuente o periódica que tenga o pueda tener influencia o efecto
trascendente para fines de la supervigilancia y control de la Superintendencia,
principalmente, en relación a materias de gestión administrativa, operacional y
económica-financiera o cualquier cambio significativo que afecte las operaciones y
resultados de la isapre.
La isapre tendrá la obligación de informar los hechos relevantes que se incluyen en el
listado contenido en el Anexo adjunto a esta Circular. En el evento que la
Superintendencia incorpore en lo sucesivo, otros hechos relevantes al Anexo, la
obligación de informar regirá para cada Institución desde la fecha en que se le notifique
la instrucción general correspondiente.
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