Circular IF 176 de Superintendencia de Salud, 25-09-2012 - Normativa - VLEX 914254997

Circular IF 176 de Superintendencia de Salud, 25-09-2012

Año2012
Fecha25 Septiembre 2012
SecciónAseguradoras
EmisorSuperintendencia de Salud (Chile)
Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales
Subdepartamento de Regulación
CIRCULAR IF/ N° 176
Santiago, 25 SEP. 2012
IMPARTE INSTRUCCIONES ACERCA DEL INTERÉS QUE DEVENGAN
LAS CUENTAS DE EXCEDENTES DE COTIZACIÓN
Esta Intendencia, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la ley, en
especial las contenidas en el artículo 110, del DFL N°1, de 2005, del
Ministerio de Salud, viene en dictar las siguientes instrucciones de
carácter general:
I. OBJETIVO
Precisar la tasa de interés que corresponde aplicar a las cuentas corrientes
de excedentes de cotización, conforme a la modificación introducida al
artículo 188 del DFL N°1/2005, de Salud, por la Ley N°20.317/2009.
II. MODIFICACIÓN AL COMPENDIO DE NORMAS
ADMINISTRATIVAS EN MATERIA DE PROCEDIMIENTOS
Modifícase el número 6, “Procedimiento de Cálculo de la Cuenta Corriente
de Excedentes”, del Título IX “Excedentes de Cotización”, del Capítulo III
“Cotizaciones”, de la siguiente manera:
En el numeral 6.2 “Reajustes e Intereses”, insértase el siguiente párrafo
2°, pasando el actual a ser 3°:
“El referido índice corresponderá, por lo tanto, a la tasa promedio de cada
mes para captaciones de 90 a 365 días, reajustables en U.F. y que el
Banco Central informa anualizada (base 360 días). El cálculo periódico del
saldo de los excedentes deberá contemplar, entonces, la duodécima parte
de la tasa enunciada por dicho Organismo, a fin de traducirla a base
mensual.

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